Cuba se anunció ayer la administración Obama anuncio un nuevo paquete de medidas con relación a Cuba destinado a suavizar los efectos del embargo a la isla.
Las medidas fueron hechas públicas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos que son los encargados de regular y controlar las leyes del embargo a Cuba.
Las medidas anunciadas son las siguientes:
Transacciones relacionadas con la salud
Expansión de oportunidades para la colaboración científica y acceso a las innovaciones médicas
1- Investigación médica conjunta. OFAC otorgó una nueva autorización que permitirá a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos a participar en proyectos conjuntos de investigación médica con ciudadanos cubanos. Esta autorización incluye tanto la investigación comercial como no comercial.
2- Productos farmacéuticos de origen cubano. OFAC otorgó una nueva autorización que permitirá que las transacciones de incidente obtengan la aprobación de la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA) de los Estados Unidos de productos farmacéuticos de origen cubano. Una autorización adicional permitirá la importación a los Estados Unidos, y la comercialización, la venta, u otro tipo de distribución en los Estados Unidos, de los productos farmacéuticos de origen cubano aprobados por FDA.
3- Cuentas bancarias. Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos que participan en las actividades relacionadas con la salud antes mencionadas, también estarán autorizadas a abrir y mantener cuentas bancarias en Cuba para su uso en llevando a cabo la actividad comercial autorizada.
Transacciones relacionadas con cuestiones Humanitarias
Proveer oportunidades de subvención adicional y fortalecimiento de la infraestructura cubana
1- Subvenciones, becas y premios. OFAC extendió la autorización de subvenciones, becas y premios para Cuba o ciudadanos cubanos, para incluir subvenciones, becas y premios relacionados con la investigación científica y las actividades religiosas.
2- Servicios relacionados con la infraestructura cubana. OFAC añadió una nueva autorización que permitirá a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos a ofrecer servicios a Cuba o ciudadanos cubanos relacionados con el desarrollo, la reparación, el mantenimiento y el mejoramiento de cierta infraestructura cubana para beneficiar directamente al pueblo cubano.
Transacciones relacionadas a viajes
Apoyando el contacto entre personas al facilitar viajes y comercios autorizados
1- Importación de mercancías de origen cubano como equipaje acompañado para uso personal. OFAC está eliminando las limitaciones de valor monetario de lo que los viajeros autorizados pueden importar de Cuba a los Estados Unidos como equipaje acompañado. Esto incluye la limitación de valor de productos de alcohol y tabaco. Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos serán autorizadas más a fondo para importar mercancía de origen cubano adquirida en terceros países a los Estados Unidos como equipaje acompañado, de nuevo sin limitaciones de valor.
2- OFAC también está eliminando la prohibición sobre los viajeros extranjeros que importen productos de alcohol y tabaco de origen cubano en los Estados Unidos como equipaje acompañado. En todos los casos, los productos de origen cubano deben ser importados para uso personal, y se aplicarán los límites normales de exenciones de derechos e impuestos.
3- Remesas. Las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos serán autorizadas para hacer remesas a nacionales de terceros países para viajes por nacionales de terceros países hacia, desde o dentro de Cuba, siempre y cuando el viaje sea autorizado por una licencia general para una persona sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos.
Aviación civil
Apoyando a la aviación internacional y la seguridad de los pasajeros
1- Servicios relacionados a la seguridad. OFAC está añadiendo una nueva autorización que permitirá a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos proporcionar servicios relacionados con la seguridad de la aviación civil para Cuba y nacionales de Cuba destinados a promover la seguridad en la aviación civil y la operación segura de las aeronaves comerciales.
Mercado y comercio
Reforzando el comercio y las oportunidades comerciales y el crecimiento del sector privado de Cuba
1- Transacciones relacionadas a la exportación. OFAC está modificando su licencia general que autoriza ciertos incidentes de transacciones a exportaciones y reexportaciones autorizadas por BIS para eliminar las referencias a “artículos 100% de origen de EE.UU.” Esto pretende minimizar y aclarar las circunstancias en las que una exportación o reexportación autorizada por BIS requiere licencias adicionales por OFAC.
2- Bienes de consumo para uso personal. BIS generalmente autorizará exportaciones de ciertos bienes de consumo que se venden en línea o por otros medios directamente a las personas elegibles en Cuba para su uso personal.
3- Importaciones de artículos previamente exportados. OFAC está añadiendo una autorización que permitirá la importación de artículos a los Estados Unidos o a un tercer país que se exportaron o reexportaron previamente a Cuba en virtud de una autorización de BPI o de OFAC. Estas autorizaciones también les permitirán a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos de mantener y reparar tales artículos. La exportación o reexportación de artículos de reemplazo o artículos que hayan sido reparados o mantenidos deberán autorizarse de forma separada por OFAC y/o BIS, según sea apropiado.
4- Contratos contingentes. OFAC está añadiendo una licencia general ampliada que autorizará a las personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos para entrar a ciertos contratos contingentes para operaciones prohibidas actualmente por el embargo, siempre y cuando la ejecución del contrato esté expresamente supeditada a la autorización previa de OFAC y cualquier otra agencia federal correspondiente, o que la autorización ya no se requiera. Las transacciones normalmente inherentes a la negociación y celebración de dichos contratos también serán autorizados.
Financiación. OFAC está realizando una corrección técnica para aclarar que los artículos agrícolas, tales como pesticidas y tractores, autorizados por BIS para la exportación o reexportación a Cuba no están sujetos a restricciones en términos de pago. Según los requisitos de la Ley de Reforma de Sanciones Comerciales y Fomento de las Exportaciones (Trade Sanctions Reform and Export Enhancement Act) las exportaciones y reexportaciones autorizadas a Cuba de productos agrícolas, tales como aves domésticas y maíz, siguen estando sujetos a condiciones del pago limitado y la financiación de dinero en efectivo por adelantado o financiación de terceros países.
5- Ciertas transacciones de buques. OFAC está emitiendo una licencia general que eliminará la restricción que prohíbe dejar entrar a los buques extranjeros a un puerto de los Estados Unidos. para propósito de carga o descarga de mercancías de 180 días después de llamar a un puerto cubano para propósito comerciales si los artículos que el buque cargó a Cuba serían, si están sujetos a EAR (Regulación de Exportación de la Administración), designados como EAR99 o controlados en la Lista de control del Comercio (Commerce Control List) únicamente por motivos antiterroristas.
Tránsito de cargamento. BIS generalmente autorizará el tránsito de carga aérea a Cuba, complementando una autorización general existente para la carga que transita a Cuba a bordo de los buques.
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