De manera extrajudicial, médicos y trabajadores de la salud cubanos que abandonaron las misiones internacionalistas a las que fueron enviados por el Gobierno cubano en diferentes países, ahora no pueden regresar a la tierra que los vio nacer, a no ser por “razones humanitarias”, incluso muchos no han podido retornar ni siquiera para despedir a un familiar que va a fallecer.
Unos 13 mil médicos y paramédicos subcontratados por el régimen castrista, han abandonado las misiones internacionales en los últimos años, de acuerdo a fuentes periodísticas. El saldo en los últimos seis años ha sido de seis mil profesionales de las ciencias médicas.
El régimen de La Habana es el contratista de servicios médicos internacionales, siendo esta una de sus principales fuentes de ingresos en divisas, según CubaNet, esta semana se informó que galenos cubanos laboran en 66 países alrededor del orbe.
No obstante, los profesionales subcontratados se quejan de mala paga por parte del Gobierno cubano, incluso cuando pueden ganar muchísimo más que lo que gana un médico en Cuba.
En la Isla es muy difícil que un médico gane 100 dólares al mes, en el exterior sin embargo, esa cifra se multiplica, lo injusto: no va a parar a los bolsillos de los trabajadores cubanos, con gran parte de su salario se queda el régimen.
A un médico en el extranjero por ejemplo se le paga directamente, sin intermediarios, y es uno de los trabajos mejores pagados en la actualidad, en cualquier parte del mundo. Pero pagar directamente a un galeno está prohibido en Cuba.
Si duras son las condiciones de semiesclavitud a la que son sometidos profesionales cubanos, en países extranjeros, que incluso muchos en el caso de Venezuela, simplemente ahora tienen que cumplir, y no pueden regresar, para los que se atrevieron a elegir la libertad, la “Ley de Migración” cubana les impide regresar, donde muchos tienen sus hijos y hasta padres, pero deben esperar ocho años para volver a pisar Cuba.
A quienes fueron técnicamente desterrados de manera extrajudicial de su país, el castrismo sólo les deja un estrecho margen de posibilidad para volver a la Mayor de las Antillas, mediante el apartado 3 del supradicho artículo 24, que dice así:
“La autoridad migratoria puede autorizar la entrada al país de las personas comprendidas en el inciso e) (los declarados indeseables o expulsados), e inciso f) (los infractores de la ley migratoria), cuando razones humanitarias o de interés estatal así lo aconsejen».
No obstante el Lic. en Derecho y Ciencias Penales, Alberto Méndez Castelló subraya en su artículo para CubaNet que no debían ser “razones humanitarias o de interés estatal” las que permitieran a los profesionales de la salud entrar y salir libremente de Cuba.
Ya que aclara “nadie puede ser encausado ni condenado sino por tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y con las formalidades y garantías que éstas establecen”, de acuerdo al artículo 59 de la Constitución vigente.
De lo que se infiere que el régimen cubano viola la Constitución que data de 1976, y ahora a propósito del texto de la nueva Carta Magna, del cual se habla bastante por estos días entre los cubanos de dentro y fuera de la Isla, es fácil deducir que será violado también, porque como han dicho ya en otras ocasiones la Constitución no puede trazarle líneas a seguir al Partido Comunista de Cuba (PCC), el órgano rector de la sociedad cubana.
Méndez Castelló menciona entonces el eufemismo del Código Penal cubano, que acota lo siguiente: “La sanción de destierro consiste en la prohibición de residir en un lugar determinado o la obligación de permanecer en una localidad determinada”.
El Lic. en Derecho Penal concluye explicando que “los profesionales de la salud…son desterrados por decreto, valga decir, inconstitucionalmente”.
(Con información de CubaNet)