La ley de Ajuste Cubano es un beneficio que tienen todos los ciudadanos cubanos desde el 2 de noviembre de 1966 cuando el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley Pública 89-732, «The Cuban Adjustment Act». La ley de Ajuste cubano permite ajustar el estatus a residente permanente a aquellos refugiados cubanos que han sido admitidos en los Estados Unidos. Actualmente el gobierno de Estados Unidos admite bajo palabra o parole a todos los cubanos ya sea por la vía que lleguen y bajo las condiciones actuales de la Ley les permite obtener la residencia permanente al ano y un día de permanecer en los Estados Unidos. Para los cubanos obtener la Residencia Permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano deben cumplir los requisitos siguientes:
- Demostrar la nacionalidad cubana con un certificado de nacimiento
- Haber estado físicamente en Estados Unidos durante un año y un día
- No tener impedimentos por cargos criminales u otras razones que lo hagan inadmisible en los Estados Unidos, como haber participado en persecuciones de individuos por motivos de sexo, nacionalidad, ideales políticos, o por pertenecer a grupos específicos que no respetan los derechos humanos).
- En el caso de cónyuge o hijos no nacidos en Cuba, es necesario probar la existencia de la relación familiar a través de un certificado de nacimiento o matrimonio, además de cumplir los requisitos antes mencionados.
La ley de Ajuste Cubano es un beneficio que tenemos todos los ciudadanos cubanos y que nos permite obtener la residencia permanente en los Estados Unidos, por eso debemos cuidarla como oro.
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