El pasado jueves el gobierno de Estados Unidos actualizó el Programa de Reunificación Familiar para cubanos con el objetivo de hacerlo más rápido y eficiente.
El nuevo proceso será completamente en internet y se elimina el trámite de la entrevista en la embajada en La Habana.
Estos son los pasos que se deben seguir en el nuevo proceso:
Invitación al Peticionario
Se enviará una invitación a un peticionario que haya presentado un Formulario I-130 aprobado en nombre del beneficiario principal y los beneficiarios derivados enumerados en el Formulario I-130. La decisión de enviar la invitación se basa en múltiples factores discrecionales. Dichos factores pueden incluir consideraciones de capacidad operativa, el período de tiempo esperado hasta que la visa de inmigrante del beneficiario esté disponible, así como otras medidas.
Solo después de recibir una invitación, el peticionario puede presentar una solicitud del Formulario I-134A para iniciar la consideración bajo este proceso de CFRP. La participación en el proceso seguirá siendo voluntaria.
Peticionario debe llenar Formulario I-134A en internet
Después de recibir una invitación para iniciar este proceso, el peticionario de USC o LPR que presentó el Formulario I-130 aprobado en nombre de los beneficiarios presentará un Formulario I 134A para cada beneficiario con USCIS a través del portal web en línea de USCIS. El peticionario debe presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario, incluidos los derivados del beneficiario principal. No se requerirá que el peticionario pague una tarifa para presentar el Formulario I-134A. El Formulario I-134A identifica y recopila información tanto del peticionario como del beneficiario.
El peticionario debe presentar evidencia que establezca sus ingresos y bienes y comprometerse a brindar apoyo financiero al beneficiario durante la duración de la libertad condicional. El peticionario también deberá presentar evidencia que establezca las relaciones familiares entre el beneficiario principal y todos los beneficiarios derivados.
Beneficiario debe proveer información por vía electrónica sobre la petición
Si USCIS confirma el Formulario I-134A de un peticionario, el beneficiario nombrado en el Formulario I-134A recibirá un correo electrónico de USCIS con instrucciones para crear una cuenta en línea de USCIS y los próximos pasos para completar la solicitud. El beneficiario deberá confirmar su información biográfica en su cuenta en línea y certificar que cumple con los requisitos de elegibilidad.
Beneficiario debe presentar solicitud en CBP One
Después de confirmar la información biográfica en su cuenta en línea de USCIS y completar las certificaciones de elegibilidad requeridas, el beneficiario recibirá instrucciones a través de su cuenta en línea de USCIS para acceder a la aplicación móvil CBP One. El beneficiario debe ingresar cierta información biográfica y biométrica, incluida una fotografía facial «en vivo», en CBP One.
Aprobación para viajar a Estados Unidos
Un beneficiario que establezca la elegibilidad para este proceso, apruebe todas las investigaciones necesarias y demuestre que, por lo demás, justifica un ejercicio de discreción favorable, puede recibir una autorización electrónica anticipada de CBP para viajar a los Estados Unidos.
Esto facilitará su capacidad de viajar a los Estados Unidos para buscar una concesión discrecional de libertad condicional, caso por caso, en un PDE interior. El beneficiario recibirá un aviso en su cuenta en línea de USCIS que confirmará si CBP, a su discreción, le ha proporcionado al beneficiario una autorización previa para viajar.
Beneficiario buscará el Parole en el Puerto de Entrada
CBP inspeccionará a cada beneficiario que llegue a un PDE interior bajo este proceso y considerará a cada individuo, caso por caso, para otorgarle libertad condicional discrecional por un período de hasta tres años. Al llegar a un PDE interior, el beneficiario deberá presentar datos biométricos adicionales al DHS, incluida otra fotografía y
huellas dactilares Esta información biométrica respaldará una investigación adicional contra las bases de datos disponibles para informar una determinación independiente por parte de los oficiales de CBP sobre si la libertad condicional se justifica caso por caso y si el beneficiario merece un ejercicio de discreción favorable.