Recientemente, la Aduana General de la República en Villa Clara reveló que queda terminantemente prohibido que los pasajeros que ingresen al país lleven consigo encomiendas para otras personas. De acuerdo a la información ofrecida por Amado Elvis Albuernes Sosa, especialista en atención a la población de dicho órgano, el viajero que declare poseer productos o paquetes en calidad de encargo para terceros experimentará decomisos y sanciones.
En correspondencia con un reportaje de la emisora radial oficialista CMHW, el fin de esta disposición es impedir el comercio ilícito de mercancías y disminuir al máximo los peligros que atentan contra la seguridad nacional.
El mentado especialista destacó las nefastas consecuencias que podrían sufrir aquellos pasajeros que acostumbran a viajar con paquetes sin verificar su contenido ni solicitar la identidad de quien los envía o de quien los recibirá. Lo cierto es que es muy probable que las encomiendas consistan en artículos riesgosos o sobre los cuales recaen prohibiciones o limitaciones en virtud de la legislación cubana.
Los viajeros que vulneren la medida promulgada enfrentarán sanciones en el orden administrativo e incluso en el penal. También en el reportaje se hizo énfasis en que la ignorancia no libera de responsabilidad, ya que en muchas ocasiones los viajeros desconocen que han sido usados para traficar mercancías de carácter ilegal. En los últimos meses se han descubierto varios artículos en los aeropuertos de Villa Clara cuya entrada al país está prohibida o restringida, entre los cuales figuran municiones para armas de fuego.
La Aduana de Cuba ha intensificado sus mecanismos de control en aras de detectar la presencia de armas y municiones. No obstante, es válido aclarar que es posible importar determinadas armas neumáticas con calibres iguales o menores 4.5, pero para ello se requiere cumplir con lo consignado en normativas en extremo rigurosas y obtener permisos ministeriales. Si se trata de un arma con rasgos peculiares, por ejemplo, con mayor potencia, se procederá de inmediato a su decomiso.
Dicha regulación afecta tanto a personas naturales como jurídicas, de manera que para ingresar al territorio nacional con cualquier tipo de armas deberán contar con un permiso específico otorgado por el Ministerio del Interior. En caso de no acatar el procedimiento estipulado, se les impondrán multas significativas y se les privará de la posesión de las mercancías en cuestión.
Además, la Aduana de Cuba lanzó una advertencia a los turistas en cuanto a las limitaciones de importación, resaltando que solo se les permite viajar con objetos personales, al amparo del segundo artículo de la Convención sobre Facilidades Aduaneras para el Turismo. Estos objetos incluyen joyas, cámaras fotográficas, teléfonos móviles, laptops, así como otras mercancías de índole personal.
Dichas restricciones están contenidas en el Decreto Ley de 22 de noviembre de 2020, cuyo propósito es velar por la seguridad fronteriza e impedir el ingreso y circulación de productos comerciales sin autorización.
Igualmente, se prevé que los nacionales de Cuba que hayan renunciado a su estatus de residente calificarán como turistas al arribar a esta nación y por tanto solo podrán transportar los citados bienes de uso personal. La Ley de Migración, Extranjería y Ciudadanía dispone que a los cubanos que ostentan una residencia en el exterior no se les contemplará como ciudadanos cubanos al ingresar a la isla. Incluso deberán observar las regulaciones de extranjería y al salir del territorio nacional mostrar el mismo pasaporte con el que realizaron su entrada.