Sector privado en Cuba tiene nuevas normativas

A partir del 2 de mayo comenzarán nuevas normativas jurídicas en relación con el cuentapropismo y las cooperativas no agropecuarias (CNA), en las actividades de gastronomía y servicios de comercio en Cuba.

El vídeo a continuación brinda una idea de las mismas:


https://youtu.be/8q2IBg7fyMw

Las medidas más destacadas y de más impacto, de las dadas a conocer ayer, son las siguientes:

  1. Las cooperativas no agropecuarias (CNA) y los trabajadores por cuenta propia en sistema de arrendamiento, podrán comprar los insumos directamente a las entidades productoras y empresas mayoristas. Ello quiere decir que disminuirá la especulación de precios que afecta a la población, porque las relaciones costo-beneficio cambiarán.
  2. Los cuentapropistas podrán arrendar locales para su gestión, pero solo en aquellos establecimientos donde no existan condiciones para el funcionamiento de una CNA.
  3. Los trabajadores por cuenta propia a quienes se les arrienden espacios estatales, si asumen la reparación de esos locales, serán exonerados del pago del arrendamiento hasta por dos años.
  4. Se establecen como programas priorizados las prácticas cuentapropistas que responden al ahorro energético, reparación de calzado ortopédico, merienda escolar y sistema de atención a la familia.
  5. Acerca de los cambios en materia tributaria, se establecerán impuestos sobre ventas y servicios por la utilización de la fuerza de trabajo, sobre utilidades, contribución a la seguridad social, y contribución territorial para el desarrollo local.
  6. Los productos tendrán precios máximos en pesos convertibles (CUC) y cubanos (CUP) en determinados artículos que comercialicen las CNA de servicios gastronómicos. De esa forma, los refrescos gaseados, la cerveza y el ron de producción nacional, así como los cigarros, los tabacos y productos elaborados como el pollo, tendrán topes de venta. No obstante, dichos precios no variarán para las entidades que al imponerse la resolución ya venden esos artículos a un precio superior. Es decir, aquellos lugares estatales que ya venden la cerveza a 1.50 CUC —aun cuando la resolución disponga que el precio máximo sea de 1 CUC— seguirán manteniendo el mismo margen, pues la diferencia será recuperada por el MFP cuando aplique los tributos correspondientes.
  7. En relación con los insumos y materias primas, se establece que los comercios estatales aplicarán un 20 % de descuento para la venta mayorista de partes, piezas y accesorios a estas cooperativas, para el desarrollo de su actividad.


1 Comentario

  • Limardo abril 14, 2016

    El estado se hara mas rico llenandose sus bolsillos,vamos a ver los experimentos de stos laboratorios que nunca han funcionado…..cubano de apie

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