Embajada de Estados Unidos en Cuba explica los recientes cambios en los servicios consulares y de inmigración

La embajada de Estados Unidos en Cuba publicó una nota explicando lo que significan los recientes cambios en los servicios consulares y de inmigración en La Habana.


Aquí les dejamos el texto completo de la nota de la embajada de Estados Unidos en Cuba.

Servicios a Ciudadanos Estadounidenses y Visas de No Inmigrante en La Habana

La Unidad de Servicios a Ciudadanos Estadounidenses de la Embajada de los Estados Unidos en La Habana brinda asistencia de emergencia a ciudadanos estadounidenses en Cuba y está abierta para visitantes sin cita programada que requieran de servicios consulares de emergencia, de 8:00 a.m. hasta 4:30 p.m. de lunes a jueves, y hasta las 3:30 p.m. los viernes, excepto en días feriados cubanos y estadounidenses.

Todos los servicios de rutina de la Unidad de Servicios a Ciudadanos Estadounidenses (por ejemplo: tramitación de la primera solicitud de pasaporte, renovaciones periódicas de pasaportes, servicios notariales, servicios de autenticación y Reportes Consulares de Nacimiento en el Exterior –CRBA, por sus siglas en el inglés) han sido suspendidos en la Embajada de los Estados Unidos en La Habana. Los ciudadanos estadounidenses pueden viajar a cualquier otra embajada o consulado de los Estados Unidos para solicitar Servicios a Ciudadanos Estadounidenses de carácter rutinario.

Si usted tiene dudas sobre cuáles servicios podemos proveerle puede escribir a ACSHavana@state.gov, llamar al +53 7 839 4100 desde Cuba, o contactar al Departamento de Estado a través de la línea gratuita 1-888-407-4747 (sólo desde los EE.UU. y Canadá) o al 1-202-501-4444 desde cualquier otro país, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. EST, de lunes a viernes (excepto feriados federales de los EE.UU.)


Las citas para solicitud de visas de no inmigrante en la Embajada de los Estados Unidos en La Habana estarán disponibles solamente para solicitantes en una de las siguientes circunstancias:

Solicitantes de visa diplomática u oficial (A o G);
El solicitante de visa presenta una condición de salud con peligro para su vida que necesita de tratamiento médico en los Estados Unidos. Ello requiere la presentación de una carta de un médico o institución médica en los Estados Unidos que exprese la disposición de tratar la dolencia específica y que detalle la duración y costo estimados del tratamiento (incluyendo honorarios de hospitalización y todos los gastos médicos asociados).
Si su caso está incluido en alguna de las circunstancias anteriores, por favor contacte a HavanaConsularInfo@state.gov.

Los solicitantes de visa de no inmigrante que no cumplan alguno de estos criterios pueden presentar su solicitud en cualquier embajada o consulado de los Estados Unidos. Para presentar una solicitud de visa de no inmigrante de rutina, por favor visite www.ustraveldocs.com para programar una entrevista en cualquier otra embajada o consulado de los EE.UU.

Servicios de Visa de Inmigrante transferidos a Bogotá, Colombia

El Departamento de Estado ha designado a la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá, Colombia para procesar las visas de inmigrante para residentes en Cuba. Las entrevistas de los solicitantes cubanos de visas de inmigrantes originalmente designados para procesar sus visas en la Embajada de los Estados Unidos en La Habana, están siendo re-programadas en la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá a partir de enero de 2018. El Departamento de Estado está trabajando con sus colegas en el Departamento de Seguridad Nacional con el fin de garantizar la continuidad del Programa Cubano de Parole para Reunificación Familiar (CFRP, por sus siglas en inglés).

Para más información sobre los requisitos para tramitar la entrevista de visa de inmigrante en Bogotá, por favor lea la sección de preguntas frecuentes del sitio web de la Embajada de los Estados Unidos en La Habana.

Si usted tiene preguntas sobre su caso o necesita ayuda para su procesamiento, por favor contacte al Centro Nacional de Visas usando el formulario on-line Ask NVC. También puede enviar un correo electrónico a HavanaConsularInfo@state.gov con sus preguntas sobre cómo los residentes en Cuba pueden obtener visados para los Estados Unidos.

Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos

Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) es la agencia federal que controla la inmigración legal a los Estados Unidos y forma parte del Departamento de Seguridad Nacional. Algunos ejemplos de los servicios que USCIS ofrece fuera de los Estados Unidos incluyen la solicitud y emisión de documentación de viaje a residentes legales permanentes (LPR) en los Estados Unidos que hayan perdido su tarjeta de residencia y/o permiso de re-ingreso (I-131A), la presentación de peticiones de inmigración para familiares en el exterior (I-130), y la presentación de peticiones a familiares de refugiados/asilados (I-730).

Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) han suspendido temporalmente el procesamiento de casos en La Habana. La oficina local de USCIS en Ciudad de México, México, asumirá la jurisdicción de La Habana, que incluye sólo a Cuba.

Aunque la oficina local de USCIS en Ciudad de México procesará las solicitudes, las peticiones a USCIS pueden ser enviadas por vía postal desde Cuba. Las solicitudes de documentación de viaje por parte de residentes legales permanentes pueden solicitarse ante cualquier embajada o consulado de los Estados Unidos u oficina local de USCIS fuera de Cuba. El formulario I-131A no puede ser enviado por vía postal.

Aquellas personas que requieran de los servicios de USCIS en La Habana, Cuba, deben visitar esta página para obtener instrucciones detalladas sobre cómo presentar algunas de las planillas y peticiones de inmigración más comunes.

Para más información, por favor contacte a la Unidad de Información Consular de la Embajada de los Estados Unidos en La Habana a través del correo HavanaConsularInfo@state.gov


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