El Título III de la Ley Helms Burton no permite demandas contra propiedades residenciales que se utilizan aún para ese fin

Centro Habana, Cuba. Foto: Pixabay

Contrario a lo que dice la propaganda en Cuba para asustar a los cubanos dentro y fuera de la isla, las propiedades que eran residencias antes del 59 y siguen siendo usadas como residencia no son afectadas por el Título III de la Ley Helms Burton.

Varios expertos consultados por la agencia Reuters aseguran que las demandas contra propiedades residenciales que se utilizan de manera residencial no están contempladas en la ley.


El título III pone como condición para entablar una demanda de este tipo que la propiedad en disputa exceda los 50 mil dólares en el momento de la confiscación lo que hace además poco probable las demandas a residencias habitadas por los cubanos de a pie.

El gobierno de Cuba ha intentado asustar a los cubanos asegurandoles que van a ir a por sus casas algo que es totalmente falso.

Cubanos encuestados están mayoritariamente a favor del Título III de la Ley Helms Burton.

El Título III entrará en vigor el próximo 2 de mayo.


1 Comentario

  • EL ZORRO abril 20, 2019

    CUAL ES LA DIFERENCIA DE UN ROBO AL OTRO PORQUE UNA CASA ES UNA PROPIEDAD Y SE TIENE EL MISMO DERECHO O ES QUE A LOS QUE TUVIERON QUE DEJAR SUS CASAS NO TIENEN DERECHO POR MI QUE LE QUITEN LAS CASAS A TODOS LOS QUE SE LA DIERON EN CUBA

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *