Ley de Ajuste Cubano

El 2 de noviembre de 1966 el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley Pública 89-732, «The Cuban Adjustment Act», conocida comúnmente en español como la Ley de Ajuste Cubano, que permitía al Fiscal General, «a su discreción y conforme a las regulaciones que él pudiera prescribir», ajustar el estatus inmigratorio que tenían los refugiados cubanos que se encontraban en los Estados Unidos.

El 28 de septiembre de 1965, ante un incremento de las salidas ilegales, el gobierno cubano abre el puerto de Camarioca, para facilitar que los cubanos residentes en los EE.UU. vinieran a buscar a familiares y amigos. Ante esta unilateral medida del gobierno cubano, el gobierno norteamericano comienza a negociar un acuerdo inmigratorio con Cuba, que se culmina, el 6 de noviembre de 1965, con la firma del documento conocido como el «Acuerdo entre Cuba y Estados Unidos de noviembre de 1965, respecto al traslado de cubanos que deseen vivir en Estados Unidos.».


La situación de limbo que padecían muchos de los cubanos que habían llegado a los EE.UU. antes de 1966 y el no tener una solución para el ajuste legal de los que comenzaron a venir en los vuelos de Varadero, obligo en la práctica al Congreso norteamericano a implementar y aprobar la Ley de Ajuste Cubano en noviembre de 1966. Permitiéndose así, que tanto los cubanos que se encontraban en los Estados Unidos, como también los que llegarían por el «Puente Aéreo» pudieran solicitar la residencia permanente de acuerdo con los requisitos establecidos por esa Ley.

Según esta ley, toda persona nacida en Cuba, su cónyuge o hijos menores de 21 años, son elegibles para obtener la residencia permanente en Estados Unidos después de permanecer físicamente en el país por un año. Para atenerse a esta ley, una persona tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Probar que es nacional o ciudadana de Cuba.
  2. Haber entrado legalmente a Estados Unidos.
  3. Haber estado físicamente en Estados Unidos durante un año.
  4. No tener impedimentos por cargos criminales u otras razones que rindan a la persona inadmisible a Estados Unidos, como haber participado en persecuciones de individuos por motivos de sexo, nacionalidad, ideales políticos, o por pertenecer a grupos específicos, etc.).

Diferencia entre la ley de ajuste cubano y asilo político

Ley de Ajuste Cubano para conyugue

El conyugue de un nacional cubano que se encuentre en Estados Unidos puede ajustar su estatus a través de la Ley de Ajuste Cubano si cumple todos los requisitos anteriores y puede demostrar con documentos legales y hechos que es un matrimonio real. Los requerimientos principales son:

  1. La relación continúa existiendo hasta que el cónyuge o hijo recibe una tarjeta verde.
  2. Debe estar viviendo con la persona que solicita una tarjeta verde bajo la Ley de Ajuste Cubano en los Estados Unidos.
  3. Deben ser elegibles para obtener una visa de inmigrante.
  4. Deben aplicar junto a su conyugue a la Ley de Ajuste Cubano.

Los hijos menores de 21 años son incluidos en los mismos requisitos de los conyugues para obtener la residencia permanente basado en la ley que protege a los cubanos en Estados Unidos.


17.500 Comentarios

  • ofe mayo 17, 2013

    para dante, 

    una observacion importante, mi madre y yo somos ciudadanas españolas pero nacidas en cuba

  • ofe mayo 17, 2013

    para Dante

    Hola, necesito asesoria, te explico, yo soy ciudadana española, vivo en españa con mi esposo que es residente español y con mi madre que es ciudadana española, nosotros queremos acogernos a la ley de ajuste lo antes posible pero mis dudas son varias;

    existe algun mecanismo por el cual yo entre con mi madre por el aeropuerto de miami desde españa y pueda pedir alli el axilo politico o tendria que viajar a mexico o canada y pasar la frontera? En cualquier caso cuando me pregunten como viaje el pais en cuestion sea mexico o canada ya estando en la frontera que debo responder a las autoridades para no tener problemas? Es necesario sacar pasaje de ida y vuelta con hotel?

    para que mi esposo viaje a mexico y entre sin dificulatdes que me recomiendas?, no se si estaran dando visados, lo estamos viendo con una agencia de viaje y no me han respondido aun. A el le seria mas factible entrar por canada?, le darian el visado como turista?, 

    te agradeceria me respondieras lo antes posible, si tienes alguna sugerencia que me facilite el poder llegar sin problemas te agradeceria me la comentaras, un saludo afectuoso y exitos a todos los hermanos que estamos por la misma causa

  • yo aqui mayo 17, 2013

    Estimado Dante:
    De acuerdo con todo, casi… La verdad q da q pensar q con tanto check list, manuales de procedimiento, normas de conducta y demás, se equivoquen con la frecuencia q lo hacen, q diras q es poca, pero a mi no me lo parece…Son funcionarios, y es igual (mejor parecido) en USA, España o Taipei. Sin ir lejos, en este blog vemos casos de risa, q recuerdan Cuba en estado puro.
    Fijate si no hay tal manual q en Mexican Border ponen Cuban, en aeropuerto Miami y algun otro Spain, y en Canada, lo q le da la gana, y eso q todos los procedimientos de frontera son federales, no estatales.
    Con respecto al parole español, tampoco estoy de acuerdo, si es una violación, lo q pasa es q la interpretan libremente. El parole lo otorgan, en nuestro caso, por solicitud de asilo político, en ningun caso por otras causas, y para asilo politico no aplican españoles, asi q por mucho q le den la vuelta, si es una violacion, en desacuerdo a todas las directivas públicas de la USCIS con respecto a la admision de cubanos y haitianos, pero indudablemente, es un tema de interpretacion, y en ello va la opinion de cada cual, y como mi opinion no vale nada, sino la del funcionario q te atiende, no escarbo más, no vale la pena.
    Bueno, saludos y como siempre mi mayor respeto y agradecimiento

  • luis mayo 16, 2013

    Mira Flaca, supon que te den la visa para Canada, cuando salgas del aeropuerto en Toronto tienes varias opciones, ir en taxi hasta las cataratas y que te dejen en el Rainbow Bridge, otra es tomar un autobus como si fuera de excursion hasta las Niagaras, no se porque dices que estan alertados, pues una vez que entras a Canada y pasas inmigracion y aduanas puedes hacer lo que tu quieras, nadie te puede negar o decir que no te van a llevar a las Niagara.Bueno espero haberte ayudado.

  • Libre mayo 16, 2013

    saludos Jorgeito, me hicieron jurar decir la verdad, despues me preguntaron si era casado si tenia hijos y cosas asi, si habia cometido alguna felonia, si habia sido militar, si habia sido lider de algo en cuba y eso , fue muy rapido creo que no mas de 10 minutos y despues me dijeron que en 15 dias recibiria mi tarjeta que ellos revisan denuevo y que en ese tiempo recibiria mi tarjeta verde,  el proceso anda lento hay muchos que aplicaron antes de mi y no los han llamado para entrevista, a mime tomo 7 meses mas o menos desde que envie las cosas, suerte y que Dios te bendiga igual a todos en este foro.

    siempre referirse a la informacion dada al entrar y en el proceso pues ellos marcaban las respuestas segun la informacion que tenia .

  • JUANA LA CUBANA mayo 16, 2013

    PARA DANTE:
    HOLA VI LO QUE LE RESPONDIÓ A LISSETTE Y ME QUEDA UNA DUDA, EL ESPOSO DE LISSETTE ES ESPAÑOL Y VIAJARÍA CON EL ESTA Y USTED MENCIONA QUE DE LISSETTE ENTRAR Y DECIR QUE ÉL ESTA EN ESPAÑA LE QUITARÍAN EL ESTA Y TENDRÍA QUE SOLICITAR LA VISA, EN MI CASO MI ESPOSO YA TIENE LA VISA, AÚN ASÍ NO LO DEJARÍAN PASAR UNA VEZ YO ESTANDO EN EEUU.
    PERDÓN POR LA INSISTENCIA Y MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA.

  • Jorgeito mayo 16, 2013

    Felicidades Libre!!! Cuentanos tu experencia yo tambien estoy proximo a la entrevista!!! Que preguntas te hicieron?? Gracias y felicidades!!!

  • Cheo Gomez mayo 16, 2013

    Dante, 
    tengo dudas entro por Philadelphia y me dijeron que le tramitaron su parole en las oficina de caridades catolicas en miami, y hay varias personas k se lo han tramitado en el deferred inspection de miami, yo no se si el caso mio y el de ella es el mismo. Mi primo se porto bien incluso hizo la entrevista en ingles. Yo entiendo que en USA existe un Rule of law y nadie esta por encima de la ley(ni el presidente), por lo tanto esos oficiales de migracion, no debieron haberme dado la respuesta que me dieron, esto no es una cuestion de que nosotros los cubanos creemos que nos lo merecemos todos, sino de la prepotencia de ese oficial que es la primera impresion que uno se lleva de este pais. Cuba es un pais k no tiene relaciones con UsA y que viola ampliamente todos los derechos humanos, si una persona nacional de cuba solicita asilo politico, el CBP officer debe de mandarlo con un juez, pero no dejarlo sin ningun status como lo dejaron a el, y como me hecho en cara el CBP diciendome que a el no le importara que tuviera status ni que le dieran los beneficios de social security y permiso de trabajo. Yo lei un documento donde decia que ningun cbp puede tomar como argumento negativo el beneficio para los cuban/haitian entrants para otorgar asilo. Entonces hay alguien que esta violando la ley aca y no somos nosotros, ese HDP tiene su propia ley?. 
    Mi correo es cheogomez9@gmail.com
    si tienes un tiempo, escribeme yo prometo que voy a explicar cuando todo se resuelva aca en el foro.

  • yary mayo 16, 2013

    Hola a todos, o se si me puedan ayudar, pero si alguien sabe se los voy a agradecer.
    tengo a mi mama que vive en españa, tiene 74años y tiene la ciudadania Española y ha entrado varias veces a Estados Unidos.
    Mi pregunta es: si ella puede entrar por el aeropuerto y pedir Asilo politico sin problemas?
    el problema que como es mayor de edad pasarla por la frontera seria demasiado para ella,
    porque va en sillas de rueda.
    Y la otra pregunta es si ella entra por el aeropuerto y le dan el asilo, tambien tiene derecho a las ayudas aqui, o no tiene derecho?

    muchas gracias para serviles en lo que pueda.
    Yarixa

  • Libre mayo 16, 2013

    Queridos amigos he logrado la residencia ayer pase la entrevista y en 15 dias mas o menos debo recibir la tarjeta verde , muy agradecido de este Foro y de todos por aca, que Dios les de abundantes bendiciones y estoy muy feliz de haber conocido esta pagina un abrazo a todos y no lo duden este es el mejor »  pais del mundo »  , agradecido de corazon a tantos que me ayudaron que mencionarlos seria injusto porque podria olvidarse alguno . Que Dios les bendiga.

  • DANTE mayo 16, 2013

    Yo aquí, pepin, y demas :

    Eso no dice nada, pueden ser varios factores incluyendo algunos subjetivos que hayan intervenido. Desde el punto de vista estadístico matemático te puedo decir que el tamaño de la muestra es muy pequeño y las variables son muchas para dar esto como una variación del fenómeno a analizar. De hecho aquí no escriben ni el 0.01% de las personas que entran a USA de esta manera. No nos hagamos ilusiones de la nada y si yo conozco poco de los sistemas en USA deberíamos preocuparnos más que alegrarnos. Como dice AlexanderVE podría ser por alguna razón y no siempre buena, bien podría ser porque YA NO ACEPTARAN MAS cubanos con dobles nacionalidades y los enviaran a su segunda patria.
    Que te pongan español en el Parole NO ES UNA VIOLACIÓN, si así fuese no lo harían, aquí los funcionarios públicos se cuidan muchísimo de hacer su trabajo como es, hay muchos check list, manuales de procedimiento, normas de conducta y demás que ellos deben aprenderse y firmar antes de comenzar a trabajar como tal. Se cometen errores de detalles pero no de este tipo. Recuerden que nadie en el aeropuerto te da asilo, ellos solo evalúan si la persona es o no elegible, lo demás es con el juez. En buena lid debemos agradecer muchísimo que a los dobles ciudadanos nos dejen siquiera entrar ya que muy bien podría ser que te dijeran “si pero ya tu no vives en una dictadura así que vaya para su segunda patria”. Hay personas que hasta más de 10 años han pasado en otro país y a estas horas vienen a pedir asilo político en USA. NO ESTOY JUZGANDO a nadie, solo estoy poniendo un poco en perspectiva el asunto, que tampoco podemos cegarnos y crear falsas esperanzas. Los paroles no solo se les da a las personas que pidan asilo político y existen varios procedimientos y casos para otorgarlos así que pueden decir español, italiano, mogoles o cualquier otro.

    Cheo Gómez:

    Como decía en el anterior comentario, los oficiales de USCIS solo evalúan el caso y de allí entonces es que nos dan la entrada. Siempre he aconsejado y dicho que las gestiones se deben al menos consultar con un abogado. En el comentario que le hice a Corduardo le decía que no le temiera en USA a la policía sino a los abogados y eso es válido incluso para la policía. Todo el mundo se c….. cuando ve a un abogado, no los soportan, existen miles de chistes denigrantes sobre ellos, todos querrían cogerlos por el cuello pero nadie que sea alguien en USA va al baño sin antes consultar con uno. Desde mi punto de vista hay un error de procedimiento del caso. Eso tienen que lucharlo allí ya que en raras ocasiones otra oficina cambia lo que el oficial que procesa el caso haya puesto ya que también es un ejercicio de interpretación del interrogatorio, como se portó tu primo en el mismo, si de verdad que no demostró que tenía miedo a regresar a Cuba, a lo mejor estaba fresco como una lechuga, eso son cosas que influyen. Busquence un abogado especializado en inmigración, preferentemente con conocimiento del caso cubano, no se si allí exista alguno, sino tendrán que consultarlos con los de la florida.
    Yo no he dicho que el ser cubano y llegar y pedir asilo político no traiga problemas, incluso no sea denegado. Lo más que digo es ”no debes tener problemas”. Cada caso es único porque cada persona es un mundo.

    Lissette:

    Tu caso es igual al de muchos aquí, cubanos(as) casados con ciudadanos de otras nacionalidades, de eso hay por montones. LO QUE NO ES IGUAL es que tú quieres hacer precisamente lo que no se recomienda, ya eso es otra cosa. Te vuelvo a explicar lo que en el fórum se ha dicho muchas veces ya que no hacemos la recomendación por gusto. Cuando llegas y pides asilo político como cubana te harán entre todo el proceso, un interrogatorio donde entre otras cosas tienes que demostrar tener miedo a regresar a Cuba. Además te preguntaran por tu esposo y al decirle que está en España, Italia, donde sea, ellos cogerán sus datos y marcaran ese pasaporte de esa persona como posible inmigrante ya que se desprende que vendrá después para estar juntos. Todo este interrogatorio se hace bajo juramento de decir la verdad y la violación de esto constituye un delito penable por las leyes de USA, no se debe mentir nunca. Ya el ESTA no le servirá a tu esposo y se tendrá que remitir al consulado Americano en su país a pedir visa como un turista cualquiera, pudiendo denegársele por la misma razón, posible inmigrante. Solo les quedaría el recurso de cuando tengas tu residencia, que se está demorando 8 meses, o sea un año para pedirla y después 8 meses esperándola, entonces hacer una reclamación familiar que se demora también años. Esta situación que te explico tiene más de un 90% de ocurrir y por lo que se deriva que la respuesta a tu pregunta deja de tener sentido, ya que no podrá entrar 3 meses después de ti. Si tú quieres irte por la suerte y hacer las cosas como planteas y jugar a menos de un 10% de probabilidades de que te salga bien es tu decisión. Yo no te lo recomiendo para nada y en vez de buscar soluciones a ese problema o casos parecidos creo que deberías cambiar tus planes y hacerlo como todos los que han tenido éxito. No hay manera fácil de hacer esto, ni hay manera de cortar camino. Tienes por un lado cambiar tus planes y garantizar un 90% de probabilidades de éxito en la gestión, y por el otro seguir con tus planes y garantizar un 90% de probabilidades de fracaso.

  • Lolita mayo 16, 2013

    Para Yo aqui,

    Muchas gracias por tu contestación, esperare un poco mas para seguir viendo como se desarrolla las nuevas experiencias por el aeropuerto, yo pudiera entrar como hasta ahora de turista y quedarme, y esperar al año y un día, pera solicitar la residencia, pero me gustaría tener mi permiso de trabajo y no tener que esperar tanto tiempo para trabajar, yo estaría tranquila si al entrar al aeropuerto solicitara asilo político y me dieran parol como cubana, que de echo lo soy, de no dármelo al menos que me dejen entrar mi único temor es que me viren para atrás y luego no pueda entrar mas ahí si me muero, que creen al respecto?

  • Rosa M mayo 16, 2013

    Para Lisette y Juana la Cubana:
        Soy lectora bastante pasiva de este blog,escribo ocacionalmente,pero ahora que leo los comentarios de ustedes,me sorprende que estén preparando un viaje tan importante para ustedes,y que persistan en no informarse debidamente,tienen que leer,aqui hay respuestas para todos,y si van a mirar referencias positivas miren las negativas tambien,Juana,Zelia pasó hace mucho tiempo,mira tambien la experiencia contada por Malasuerte,no lean sólo lo que quieren que les ocurra sino lo que está ocurriendo,ésto sin desanimar a nadie,pero lean y tendrán éxito como tantísimos aqui.Suerte a las dos y a todos los lectores.

  • JUANA LA CUBANA mayo 15, 2013

    Para Lissette:
    Hola estamos en casos parecidos yo también quiero entrar primero que mi esposo y he leido siempre que debe entrar primero que nosotras las cubanas, aqui te dejo el caso de Zelia que lo hizo de esa manera y  todo le salió bien, pero noha escrito más en el foro y no se cómo terminó su historia. Bueno seguimos batallando. saluditos.

    zelia dice:
    Marzo 8, 2012 at 10:18 am
    contarles que en caso de matrimonio con ciudadano o ciudadana de otro pais las cosas pueden ser distintas de lo que se comentaba en el foro
    experiencia personal: el papa de mi hija es español, yo cruce la frontera el 2 de diciembre de este año, pase un mes en miami, me acogi a las ayudas y me enviaron a new york,el papa de mi hija vino en enero directo a new york,como turista simplemente, nadie le cuestio nada sobre mi, despues de informarnos aqui, con la trabajadora social y mas, contarles que hemos solicitado su parol y en pocos dias se lo han dado, aun el esta en el plazo de los 3 meses de turistas, es decir un cambio de estatus migratorio, eso si hay que pagar el parol, son 80 y pico de dolares, y el permiso de trabajo cerca de 300 ahora no recuerdo, el mio y de la niña por su puesto que fue gratis, la niña entro conmigo por mexico
    es mi experiencia personal, se que hay mucha gente que por cuestiones logisticas, personales o economicas viajan separados
    recordar es el parol, el permiso de trabajo y el ss lo que hemos solicitado, si le llega todo ya os contare y os dire en que plazo llegó
    no soy abogada, no soy experta ni nada, soy una cubana mas como ustedes y es mi caso personal
    un abrazo grande como siempre celia

  • yo aqui mayo 15, 2013

    Hola Lolita
    Todos te daremos la misma respuesta. Si nos fijamos en lo q ha pasado hasta hace un mes, tienes pocas posibilidades de q te den parole cubano, es suerte y verdad pero pocas posibilidades. Esa es la verdad con mayúsculas q manejamos hasta hace un mes. En el último mes hemos visto un cambio, pero lo más probable es q sea casual. Para saber hay q esperar un poco más, no sabríamos cuanto. Eso es lo que hay….
    También debes aclararte con Dante, entres por donde entres, si vas a decir o no q estas casada con el actual esposo, ya q si lo dices y dices q el esta en España probablemente no le den Esta (visa necesaria para los europeos) cuando la solicite, pero no se q aconsejarte en ello.
    Siento mucho la separación de tu niño, pase por eso y no tengo palabras para decirte…
    Saludos

  • Lolita mayo 15, 2013

    Hola, saludos a todos los que escriben y apoyan con sus experiencias a este Foro, he leído bastante lo que me he aclarado de muchas dudas, pero como todos los casos no son iguales pues en el mio, todavía me queda duda, y quiero por favor que me ayuden, soy cubana, viaje a España como ciudadana española al igual que mi hijo, y mi esposo tienela residencia comunitaria, mis intenciones siempre desde que salí de cuba es establecerme en los Estados Unidos, por estos ,motivos mi hijo viajo al mes de estar en España a reunirse con su padre que ya vive allá  y yo esperaría a que mi esposo se acogiera a la ciudadanía española para poder dar el salto, pero yo he viajado en dos ocasiones  a los EEUU a visitar a mi hijo las dos veces por dos semanas, cada vez que regreso la paso muy mal me deprimo muchísimo,saben ustedes lo que estar separados de un hijo , una madre o los seres queridos, y visto como se han puesto las cosas de malas por acá hemos decidido que yo vaya a reunirme con mi hijo y mi esposo espere por la ciudadanía que ya debe estar al llegar, MI DUDA. entrando por el aeropuerto como se ha estado haciendo con éxito en estos últimos tiempos, tendré yo alguna posibilidad al igual de los demás que me den el parol como cubana después de haber entrado en dos ocasiones de visita como ciudadana española?

  • maury mayo 15, 2013

    PARA CACHITA.POR FAVOR PUEDES EXPLICAR PARA TODOS QUE LEEMOS EL FORO
    SOBRE EL I-94 COMO LO HICISTE EN EL AVION O EN EL AEROPUERTO
    GRACIAS ,ANTEDWMANO

  • Corduardo mayo 15, 2013

    Estimado Dante:
    Muchas gracias por tu respuesta. Contundente como siempre, pero esta bien, no escribimos al foro para que nos estén pasando la mano. Gracias otra vez, y no dejes de colaborar por nada del mundo.

  • AlexanderVE mayo 15, 2013

    Pepín, yo aquí…. 

    Voy al día con el foro y es difícil no notar la tendencia… o bien, (para bien) algún superior observó la mala aplicación del llenado del i-94, o bien (para mal) se esperan cambios o hay algún trasfondo en la reforma migratoria (que ellos ya saben) que indica que no importa que pongan cuba en el parole, si igual el cubano será tratado igual a otros inmigrantes. Aunque ésto último sería si declinan la ley de ajuste. Dios no lo permita, que el éxodo aún es grande.

  • Luis P mayo 15, 2013

    Saludos Cachita gracias por tú experiencia, menos mal que no nos olvidan.
    Para yo aquí:
    Saludos, sabes que es mucha casualidad?, yo también estoy sospechando que algo ha cambiado, esperemos a ver si alguien más escribe, pero me da que son muy buenas noticias, cuanto me alegra si ha cambiado todo. Roguemos a Dios que sigan así. Suerte a todos.

  • Luis P mayo 15, 2013

    Para la Flaca:
    Seguramente tienes que pedir Visa para Canadá pero no sé bien cuáles son los requisitos que te pedirán, me imagino que por ser cubana serán unos cuantos. No sé si puedes ir directo a México que sería otra posibilidad, por lo menos con residencia permanente en España sí se puede ir a México como turista. En cuanto al asilo, tienes que pedirlo en frontera o en aeropuerto Americano, o sea en el primer punto. Si vas por Canadá tienes que hacerlo muy bien, como si fueras de turista con reservación de hotel y demás, te aconsejo que leas el foro donde hay muchas experiencias por este lugar. Mucha suerte y espera a ver si alguien te aconseja mejor.

  • la flaca mayo 15, 2013

    Para Dante y Luis:
    Muy buenas Dante y Luis POR FAVOR…!!!! Alguien que me aclare algunas dudas……El que sepa por favor que responda lo antes posible….. Soy cubana y vivo en Italia hace 7 años con el permiso regular pero sin ciudadania italiana, mi intencion es pedir visa para Canada, volar hacia Toronto y de alli llegar hasta las cataratas del Niagara y cruzar la frontera pero he leido que las compañias de los autobuses estan alertadas y no te dejan subir…..como puedo hacer…… o puedo directamente ir a la oficina de inmigracion en el aeropuerto y pedir asilo…..? POR FAVOR AYUDENME……..

  • yo aqui mayo 15, 2013

    Muchas gracias Cachita, y te deseo mucha suerte. Llenaste tu antes el I94 o lo llenaron ellos?
    Cachita, Compatriota, Juntos Podemos y demás recien llegados…, desde hace algunos días veo q a los q llegan por el aeropuerto de Miami les estan poniendo parole cubano. Esto puede ser suerte, q lo es para ustedes, pero ademas la suerte de q los q entran al foro se la ponen y del resto de cubanos q entran en la misma situacion, no sabemos. Ya en cuatro casos consecutivos ha sido asi (esto es inaudito), y repito, no quiero crear falsas espectativas, pero puede ser un cambio de tendencia o de orientaciones q manejan los funcionarios del aeropuerto. Por ello sería importante, aunque se q es muy dificil, q escriban si recuerdan algun detalle o comentario, u opinion q hayan expresado los funcionarios sobre el tipo de parole q les iban a dar. Aqui hay casos q desde q se entregan ya les estaban diciendo q parole español, o les hacian otros comentarios sobre el tema durante el proceso. Si recuerdan algo q pueda ser interesante se los agradeceriamos…
    Dante, no aprecias algo? Es q tambien se de personas q no entran en el foro q ha pasado igual…
    Bueno, la certeza en estas cosas la da el tiempo y las historias, asi q ya veremos..porq realmente cuando te ponen en el parole español, es una violación de la ley de asilo de los USA, ya q no puede ser procesado para asilo politico (este especificamente) ningun ciudadano de paises democraticos, y por tanto, administrativamente, un parole con ciudadania española no deberia existir, pero ademas, te procesan por ser cubano, ya q no creo q si un sevillano llega y dice lo mismo le den parole, mas bien patadon…Aunque sabemos por q ponen español en el parole y todo lo demas, tambien sabemos q es una violacion, y pudiera ser q esto haya cambiado…o no? Ojala q si…
    Bueno, disculpen la trova, pero queria compartir estas ideas…
    Saludos

  • Cachita mayo 15, 2013

    Hola , quisiera darle las gracias a FELO Y A DANTES por aportar toda la información y a todos los demás , bueno entre hace cuatro días por Miami  desde suiza, bueno escala en Madrid y directo a Miami, yo estaba muy nerviosa en Madrid me toco el control antes de subir al avión y yo. Asustadisima llevaba ya 3 años queriendo cruzar, en fin cuando llegue a Miami saque mi pasaporte cubano dije soy cubana y pido asilo politico ay me tuvieron esperando casi 3 horas yo era la unía cubana que estaba ay, y bueno me hicieron la entrevista los muchachitos fueron muy amables pero me tuvieron encerrada desde las 3 hasta las 11 bueno cuando ya vi que ponía en el parole cuba me relaje por completo , yo pensaba que esto era más difícil, llevo queriendo venir desde hace tantos años y lo conseguí a mis 19 añitos yo sólita gracias a dios salió muy bien , mi gente no se desanimen que yo me las vi negra sin papeles sin residencia y después coji hasta la nacionalidad, y siempre digan la verdad

  • Luis P mayo 15, 2013

    Para Compatriota:
    Gracias Compatriota por tú respuesta, seguro le sirve a muchos. Una preguntica y me responde cuando puedas, se que seguro estás en trámites, ¿te hicieron alguna pregunta en el aeropuerto de Barcelona sobre tú viaje a Miami?. Gracias nuevamente y te deseo mucha suerte.

  • Compatriota mayo 14, 2013

    Hola Luis P,

    En el avión había I94 donde mismo están los modelos de declaración de adunas (modelos azules) pero yo le pedí al sobrecargo y me dijo k si yo tenía ESTA no lo necesitaba k ese proceso ya estaba automatizado. Finalmente no lo llene y cdo me estaban haciendo la entrevista en el aeropuerto el policía me lo dió pra k lo llenase y él mismo me dijo k pusiera Cuba sin embargo a mi esposo se lo llenaron pro le pusieron Cuba igual.

    Suerte!!!

  • Rodolfo mayo 14, 2013

    La Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act), puesta en vigor en Noviembre 2 de 1966, mediante la Ley Pública 89-732, fue promulgada con el objetivo de permitirles a miles refugiados cubanos presentes en Estados Unidos el ajuste de estatus a Residentes Legales Permanentes.
    Los requisitos de elegibilidad en virtud de los cuales toda persona solicitante del ajuste de estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano, son los siguientes:

    1. Ser nacido en Cuba o ciudadano de Cuba.

    Este requisito puede ser satisfecho por medio de los siguientes hechos:

    a. Haber nacido en Cuba
    b. Haber nacido en Cuba aunque posteriormente se haya obtenido la ciudadanía de otro país.
    c. Haber nacido fuera de Cuba y haber obtenido la ciudadanía cubana por naturalización.
    De modo que, toda persona poseedora de un Certificado de Nacimiento de la República de Cuba en virtud de su nacimiento en ese país, un pasaporte cubano o algún otro documento de identidad emitido por las autoridades cubanas correspondientes que lo acredite como ciudadano de Cuba, puede ser elegible para acogerse a los beneficios de esta ley.

    2. Haber sido inspeccionado y admitido en los Estados Unidos de América, después de Enero 1 del año 1959.

    3. Haber acumulado 1 año de presencia física en los Estados Unidos de América antes de solicitar la residencia permanente.

    En virtud de estos dos requisitos todo ciudadano cubano que haya sido inspeccionado y admitido en los Estados Unidos a la entrada y haya acumulado un año de presencia física en este país es elegible a solicitar su residencia permanente. No importa la condición migratoria que se tenga a la entrada a territorio de los Estados Unidos.

    En cuanto a los esposos e hijos de los ciudadanos cubanos, la Ley de Ajuste Cubano, estipula que los mismos también son elegibles para solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos de América con independencia de su nacionalidad y lugar de nacimiento siempre y cuando cumplan con los requisitos 2 y 3 antes mencionados relacionados con la admisión y presencia física en territorio de los Estados Unidos de América. El ajuste del esposo e hijo(a) del ciudadano cubano, no debe preceder al ajuste del ciudadano cubano como solicitante principal.
    Dicho esto, y aplicando los antes mencionados requisitos a la situación concreta del caso que se nos presenta, concluimos lo siguiente:

    1. La señora XXXXXX, como ciudadana cubana por nacimiento, es elegible para acogerse a los beneficios de la Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act) y solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos de América, una vez haya sido inspeccionada y admitida en este país bajo cualquier condición migratoria y después de haber acumulado un año de presencia física en territorio de los Estados Unidos (EUA). Para ello, debe presentar su Certificado de Nacimiento emitido por el Registro del Estado Civil de la República de Cuba, su pasaporte cubano o su carnet o cédula de identidad emitida por las autoridades cubanas correspondientes que lo acredite como ciudadano cubano.
    2. La menor de edad e hija de la ciudadana cubana xxxxx, es, igualmente, elegible para acogerse a los beneficios de la Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act), una vez haya sido inspeccionada y admitida en los Estados Unidos de América bajo cualquier condición migratoria y una vez haya acumulado un año de presencia física en territorio de este país. Para probar su condición, la menor deberá presentar su Certificado de Nacimiento emitido por las autoridades correspondientes de Costa Rica, en el que se consigne el nombre de la madre ciudadana cubana, así como el Certificado de Nacimiento de la madre, la señora Pilar Arzola, en aras demostrar su ciudadana cubana, y en virtud de la cual, la menor acreditará su elegibilidad bajo esta para acogerse de los beneficios de esta ley y solicitar bajo esta ley.
    3. El esposo de la señora XXXXXX, ciudadana cubana, es elegible para igualmente acogerse a los beneficios de la Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act), una vez haya sido inspeccionado y admitido en los Estados Unidos de América bajo cualquier condición migratoria, haya acumulado un año de presencia física en territorio de este país y resida con la solicitante principal en este caso, la señora XXXXX o deberá presentar prueba de la existencia del vínculo matrimonial con la señora Pilar Arzola, ciudadana cubana, así como el Certificado de Nacimiento, Pasaporte u otro documento de identidad cubano de la misma que acredite su condición de ciudadana de la República de Cuba.
    En cuanto a los beneficios relacionados con el seguro médico, subsidio económico y alimenticio, debemos señalar que la Ley de Ajuste Cubano, no contempla en su texto ningún beneficio adicional que no sea la posibilidad de ajustar el estatus a Residentes Legales Permanente de los Estados Unidos, después del año de presencia física antes mencionado.

    Sin embargo, existen programas del gobierno federal de los Estados Unidos de América, y de los estados mediante los cuales los ciudadanos cubanos son elegibles para solicitar ayuda del gobierno durante un tiempo consistente en seguro de salud, cupones de alimentos y, en ocasiones, ayuda monetaria mientras reúnan los requisitos de elegibilidad de los mismos.
    Es importante señalar que la inmediatez de estos beneficios depende de la forma de entrada a territorio de los Estados Unidos de América por parte del ciudadano cubano y sus dependientes. Los mismos requieren como condición inicial el ser ciudadanos, residentes legales permanentes, refugiados, asilados o admitidos bajo la condición de parole y no como no como visitantes bajo una visa de turista B-2.
    De modo que, si el ciudadano de origen cubano se presenta en cualquier punto fronterizo de los Estados Unidos de América y solicita la admisión a territorio de este país bajo la condición de asilado cubano, el mismo, luego de probar su condición de cubano y de una inspección rigurosa por parte de los agentes de aduana, es admitido bajo la condición de “Parole”, otorgándosele el documento de admisión I-94, en el cual se hace constar tal condición y con el cual es automáticamente elegible para solicitar el permiso de trabajo y los beneficios de asistencia pública antes mencionados, tales como seguro médico, bonos de comida y asistencia monetaria temporal.

    Este tipo de beneficios tiene como objetivo principal el de proveer a los ciudadanos de estos países de la asistencia pública necesaria hasta que los mismos consigan un trabajo cuyos ingresos les permita ser económicamente independientes y no carga pública para el gobierno.
    En lo que respecta al seguro de salud de los niños, se hace necesario señalar que cada estado tiene políticas y requerimientos de elegibilidad diferentes. En el estado de la Florida, existen dos programas fundamentales que ofrecen asistencia médica gratuita o a bajo costo a los niños hasta los 21 años de edad en dependencia del nivel de ingreso de los padres.
    El programa Medicaid, les ofrece asistencia médica gratuita a los niños cuyos padres tengan un nivel de ingresos por debajo del 125% de los índices de pobreza establecidos por el gobierno federal. Por otra parte, existe el programa denominado Florida Kid Care, como alternativa al Medicaid, mediante el cual los niños hasta los 18 años que no tengan seguro médico privado, y el nivel de ingresos de sus padres los haga inelegibles para el programa gratuito Medicaid, tienen igualmente acceso a la asistencia médica a un costo razonable y accesible para los padres. La prima de este seguro depende del nivel de ingresos de los padres y puede oscilar entre $15.00 USD y $130.00 USD por mes.
    Ambos programas requieren que los niños sean ciudadanos, residentes permanentes legales o admitidos bajo la condición de refugiados, asilados o “parole” como expresáramos anteriormente.

    Rodolfo

    Estos beneficios no estarían disponibles, si los padres conjuntamente con el menor entran con visa de turista (B-2) a los Estados Unidos de América y deciden quedarse más allá de los tres meses de estancia otorgado bajo este tipo de visas para acogerse al la Ley de Ajuste Cubano después del año de entrada. Durante todo ese período, el ciudadano de origen cubano, su cónyuge e hijo(s) estarán fuera de estatus migratorio y, por consiguiente, inelegibles para la ayuda mencionada anteriormente. La niña, en este caso, solo podrá ser elegible para tener acceso al sistema de enseñanza pública y, en consecuencia, asistir a la escuela.

    Es nuestro deseo que nuestras valoraciones cumplan con sus expectativas y que, a su vez, contribuyan a la determinación del mejor interés de la menor y a la resolución de este caso y que sirvan, además, como base para colaboraciones futuras.

  • Luis P mayo 14, 2013

    Para Lissette: 
    Hola Lissette, arriba de esta página está explicada La ley de Ajuste Cubano, y está la parte del Cónyuge, por lo que yo entiendo es que tú cónyuge debe de tener el mismo tiempo que tú o sea el año y un día. Pero creo que aparte de eso, por lo que se recomienda que entre dos o tres días antes es por si te preguntan sobre tú esposo digas que está en EU, ya que si entra después que tú, le pueden negar la entrada por posible inmigrante. Creo que es más o menos así, de todas maneras si DANTE, quiere explicarte sería mejor o trata de seguir buscando que estoy seguro encontrarás respuesta. 

  • Lissette mayo 14, 2013

    Muy buenas a todos!!!!
    Estimado Dante y Luis P muchas gracias de antemano por remitirme nuevamente al foro, sigo buscando respuestas pero al parecer todavía no he llegado a la respuesta de mi caso, he estado leyendo este foro(todavía no lo he terminado) si que es cierto que hay muchos casos de ciudadanos españoles que van a dar o han dado el paso pero aún no he encontrado en este foro una situación similar y que conteste mi pregunta. Casi todos los casos que he leído lo que dicen es que la pareja extranjera del cubano siempre suele viajar antes o incluso a los que están por dar el paso se les recomienda que viajen por separado y el extranjero que viaje antes, mi situación es totalmente diferente yo lo que desearia es viajar yo antes y que mi pareja que es español viaje a los tres meses y mi pregunta es si al año y un día cuando yo vaya a solicitar mi residencia mi pareja  tenga algún problema de por no llevar el mismo tiempo que yo. 
    Seguiré leyendo para ver si hay algún caso similar, simplemente se los explico porque no quiero que piensen que soy una vaga y no quiero leer, ya les digo que he leído varias páginas pero no he encontrado esta respuesta.
    Mil gracias a todos!!!!

  • la flaca mayo 13, 2013

    Muy buenas POR FAVOR…!!!! Alguien que me aclare algunas dudas……El que sepa por favor que responda lo antes posible….. Soy cubana y vivo en Italia hace 7 años con el permiso regular pero sin ciudadania italiana, mi intencion es pedir visa para Canada, volar hacia Toronto y de alli llegar hasta las cataratas del Niagara y cruzar la frontera pero he leido que las compañias de los autobuses estan alertadas y no te dejan subir…..como puedo hacer…… o puedo directamente ir a la oficina de inmigracion en el aeropuerto y pedir asilo…..? POR FAVOR AYUDENME……..

  • Pepin mayo 13, 2013

    yo aqui
    Estoy de acuerdo contigo, yo también estaba pensando lo mismo, creo que a los oficiales le molestaba que ya hubiéramos llenado el i-94 con los datos de cubanos aunque nuestra nacionalidad actual fuera otra, te lo rompían para llenarlo con los datos de tu nacionalidad actual. De hecho le comentaba a mi esposa que ni preocuparía por llenarlo, se lo dejaría a elección de ellos, de todos modos si quieren te lo cambian.  

  • Sergio el Cederista mayo 13, 2013

    Para Juana la Cubana,

    El acta de matrimonio solo basta que la envíes fotocopiada a la hora que tu esposo pida la residencia, además a esa copia le envías una copia de su traducción íntegra en Inglés, no se necesita que lleve ningún cuño ni nada, si migración te pidiera la original se lo puedes enviar por correo o enseñarla a la hora de la entrevista, pero es muy difícil que pidan original, el mismo procedimiento lleva las actas de nacimientos y cualquier otra como defunsión, etc.

    Si tu esposo al estar en EEUU no tiene Parole, no va a poder trabajar hasta que llegue el término de un año y en ese momento solicite su residencia y el permiso de trabajo. Lo de salir de EEUU no sé como es ese proceso, pues no lo he vivido, lo demás explicado aquí por mí si te lo puedo constatar por mi experiencia en mis trámites.

    Suerte…!!!

  • Sergio el Cederista mayo 13, 2013

    Para Juana la Cubana,

    El acta de matrimonio solo basta que la envíes fotocopiada a la hora que tu esposo pida la residencia, además a esa copia le envías una copia de su traducción íntegra en Inglés, no se necesita que lleve ningún cuño ni nada, si migración te pidiera la original se lo puedes enviar por correo o enseñarla a la hora de la entrevista, pero es muy difícil que pidan original, el mismo procedimiento lleva las actas de nacimientos y cualquier otra como defunsión, etc.

    Si tu esposo al estar en EEUU no tiene Parole, no va a poder trabajar hasta que llegue el término de un año y en ese momento solicite su residencia y el permiso de trabajo. Lo de salir de EEUU no sé como es ese proceso, pues no lo he vivido, lo demás explicado aquí por mí si te lo puedo constatar por mi experiencia en mis trámites.

    Suerte…!!!

  • Sergio el Cederista mayo 13, 2013

    Para Juana la Cubana,

    El acta de matrimonio solo basta que la envíes fotocopiada a la hora que tu esposo pida la residencia, además a esa copia le envías una copia de su traducción íntegra en Inglés, no se necesita que lleve ningún cuño ni nada, si migración te pidiera la original se lo puedes enviar por correo o enseñarla a la hora de la entrevista, pero es muy difícil que pidan original, el mismo procedimiento lleva las actas de nacimientos y cualquier otra como defunsión, etc.

    Si tu esposo al estar en EEUU no tiene Parole, no va a poder trabajar hasta que llegue el término de un año y en ese momento solicite su residencia y el permiso de trabajo. Lo de salir de EEUU no sé como es ese proceso, pues no lo he vivido, lo demás explicado aquí por mí si te lo puedo constatar por mi experiencia en mis trámites.

    Suerte…!!!

  • JUANA LA CUBANA mayo 13, 2013

    Hola amigos cubanos:
    Muchas han sido las páginas que he leído y agradezco por la valiosa información que brindan con  sus comentarios… Bueno la mayor parte de mis dudas las he podido aclarar, sólo me pregunto por un mínimo detalle:
    – Mi esposo es de otra nacionalidad,  (yo cubana) para demostrar que si estamos legalmente casados habría que legalizar o ponerle un cuño o traducirlo etcétera a nuestra acta de matrimonio para que tenga validez una vez que los dos estemos en Estados Unidos???
    – Ya se que a él no le dan ayudas. ok,pero tampoco podría trabajar en un año entero??? existe alguna institución que facilite este proceso.
    – En caso de que quisieramos salirnos porque nos va mal etc,(ojalá que no, pero bueno) Cómo sería?????
    Muchas gracias a todos

  • Luis P mayo 13, 2013

    Rectifico el error, es I-94 en la pregunta que le hago a Compatriota

  • Cheo Gomez mayo 13, 2013

    Dante, el primo esta aca en philadelphia conmigo, fui a border protection y lo que me dijeron fue que en Philadelphia ellos no dan parole que ellos lo que ponen es refused, cualkiera que lo oye piensa que migracion en philadelphia es estatal y no federal, el tipo me dijo que yo queria que le dieran parole para k le dieran los beneficios a mi primo, fija k careguante.  El me dijo que su trabajo era dejarlo entrar a USA, no darle parole, el tipo es un HP, entonces yo estoy pensando en mandar al primo pa miami, pk llame al deferred inspection de newark y me dijeron que ellos no tenian nada k ver con eso, cuando yo habia leido en el sitio de uscis k el deferred inspection puede tratar cualkier caso. 
    Dante compadre, la verdad que me han dejado sin argumentos
    P.D pa colmo el notice to appear que le dieron a el, dice notice to appear in front inmigration judge, forma i-862 y yo averiwe y a lo k les ponen parole es forma i-863, investigue mas y resulta ser k la k le dieron a mi primo es cuando el oficial no cree k el tenga miedo de volver pa cuba, fijate k hdps, 

  • Pepin mayo 13, 2013

    Compatriota
    TE FELICITO Y TE DESEO LO MEJOR DE AHORA EN ADELANTE. 

  • Luis P mayo 13, 2013

    Para Compatriota:
    Muchas felicidades y mil gracias por escribir tú experiencia, que bueno que te pusieron Cuban en el Parole. La verdad que es de agradecer que hayas escrito ya que hay muchos que después que entran se olvidan del foro o no tienen el tiempo ni los medios para hacerlo. Esperamos nos cuente como te ha ido en los trámites y si tienes algún detalle que contar, por ejemplo ¿el I-95 te lo dieron en el avión?. Gracias

  • yo aqui mayo 13, 2013

    Hola foreros, especialmente Dante.
    No quiero crear falsas espectativas, sino profundizar un poco…
    Estimado Dante, no se si percatas ciertos cambios en el aeropuerto de Miami con respecto a los parole, veo q en los últimos 3 casos han puesto cubano. Esto pudiese estar en concordancia con los recientes cambios del proceso del i-94. Sería muy importante q todos los lectores pasivos del foro, si tienen la experiencia o conocen de casos muy recientes (15 días para acá), no dejaran de exponerla para poder determinar si es tendencia, o sigue siendo suerte como lo era anteriormente. Esto sería de tremenda ayuda en la toma de decisiones.
    Gracias a los q han publicado estos últimos comentarios, y a los q no, q se embullen…

  • Luis P mayo 13, 2013

    Para el cangry:
    Lo siento mucho si te molestaste con el escrito que hice sobre no confiar en extraños, pero creo que te debe de servir a ti también y tengas cuidado con personas aprovechadas. No te conozco y quizás seas buena persona y lo hiciste con toda buena voluntad, pero desgraciadamente se han visto muchos casos de abusos, chantaje y extorsión y por eso se aconseja en este foro que cada cual se prepare lo suyo y como bien dice DANTE en respuesta a Lissette: …”no hay necesidad de tener contactos misteriosos ni de compartir información de viajes con nadie, por su propia seguridad”.
    Cangry disculpa si te sentiste ofendido. Mucha suerte.

  • Compatriota mayo 13, 2013

    Hola foreros, hace meses soy lectora más bien pasiva de este foro pero ha llegado el momento de que pueda contar mi propia historia. Mi esposo y yo los dos con ciudadanía española y cubana por supuesto decidimos hacer el viaje Barcelona=Miami y entramos la semana pasada por aeropuerto. Justo llegar al control de aduanas dijimos somos cubanos y queremos pedir asilo político (enseñando los pasaportes cubanos), el Sr. nos dijo que pasaramos y nos pegasemos a una pared que había allçi detrças que nos vendrían a buscar. A los 10 min o menos vinieron a por nosotros nos pasaron a una salita donde hay varias personas por diferentes motivos y en pocos min nos volvieron a llamar de manera individual. Nos hicieron las preguntas que se han comentado reiteradamente en el foro, nos revisaron el equipaje de mano, nos contaron el dinero y nos hicieron un cacheo, y nos tomaron las huellas ah! tb nos pusieron en una salita cerrada por unos min ponen separados a los hombres de las mujeres. Después de todo el trámite que duro 6 horas salimos con paroled por dos años y nos pusieron CUBA en el mismo. Cuando avance con los trámites sigo contando… de momento estamos muy contentos por la suerte que hemos tenido y agradecemos a Dios y a este foro de manera especial ya que gracias a él nuestro paso lo hemos podido dar de manera más segura y planificada. GRACIAS!!!

  • DANTE mayo 13, 2013

    Rosa M:

    Yo trato por todos los medios de contestar siempre por el fórum, solo en casos extremos de problemas muy personales que algunas personas me han pedido que les escriba de manera privada. De hecho para mi sería muy difícil mantener una serie de intercambio de correos personales por el tiempo que implicaría. Además se perdería la experiencia que puede aportar a otros lectores.

    Cheo Gómez:

    Este es uno de los problemas de entrar por aeropuertos en los que no están muy familiarizados con el tema cubano, se cometen errores de detalles por parte de los oficiales ya que son muchas cosas para un solo caso. Al montarnos con un pasaporte con visado, sea español u otro, y después al llegar cambiar y pedir asilo político todos nosotros con esas características somos refused ya que somos rechazados en la parte que le toca al pasaporte conque nos montamos en el avión, o sea el de segunda nacionalidad o incluso el cubano con visa porque cambiamos el propósito de nuestra entrada, era de turista y ahora estamos pidiendo asilo. Como turistas somos rechazados, y entonces es que nos dan un Parole para estar legalmente en espera de la corte para lo demás, entiendes? Un paso va previo al otro, primero rechazado por turista y después admitido como parolee. Lo que no debió suceder es que lo pongan en el Parole (la parte de abajo del I-94), eso va en la parte de arriba del modelo que es la parte con que ellos se quedan, no las que nos dan. Es un detalle que no creo que traiga mucho problema siempre que tenga el número de alien. También puede ir a BP a cambiarlo. Marina tuvo un problema parecido y ya lo arreglo.

    Caridad Gutiérrez:

    Si el niño nace en los USA será ciudadano americano y recibirá todas las ayudas habidas y por haber, incluyendo Medicaid hasta que tenga 18 años. Mi preocupación es con su hija ya que aquí los tratamientos prenatales y posparto no son baratos. Sin un seguro médico no es sencillo y hay que controlar peso, presión arterial y muchas cosas. Los partos de las adolescentes casi nunca son muy cómodos, aunque le deseo lo mejor, y hasta la sangre le cobraran en caso de que haya que ponerle alguna. Tampoco es el fin del mundo ya que se puede llegar a acuerdos de pago con los hospitales e ir pagando poco a poco pero sería una deuda grande para un comienzo.
    El Parole refleja la condición de la persona a la entrada al país, es como una fotografía, una vez tirada ya no la puedes cambiar (en este caso no valen los programas de edición de imagen como photoshop). No puedes cambiar nacionalidad en el Parole para recibir ayudas.

    Corduardo:

    Este cuento es como si una hormiga pretendiera burlarse de un elefante y solo la falta de sentido común, educación financiera y económica, sin caer en análisis moralistas que no me gustan, puede llevar a alguien a cometer semejante error. Si los bancos dejaran que el 1% de sus clientes hiciese lo mismo se verían en un grave problema y no solo por la falta de efectivo para respaldar estas deudas ya que después de la debacle del 2008 casi todos los bancos en el mundo han cambiado sus límites de estrés y los han aumentado, sino que las personas se enterarían del asunto y se convertiría en un fenómeno de proyección exponencial llevando a la bancarrota al más grande de los bancos. Los bancos no son ni más buenos ni más malos que cualquier prestamista. Por qué no fue a un prestamista particular a pedir el dinero? Tenía miedo que le partieran las piernas o algo peor? Pues los bancos no son menos simplemente utilizan otros métodos, los abogados, que lo que hacen es partirte la vida, no las piernas. Existe un sistema interbancario que no solo se utiliza para fijar tasas de cambio, porcientos de interés y demás sino que también intercambian este tipo de información. El secreto bancario es válido en muchos países y bancos pero hasta que se violan los acuerdos entre la persona y el banco y esta es una violación. No te digo que entrara el FBI en la puerta, ni que la interpol lo saque del trabajo, pero dentro de algún tiempo seguramente recibirá una citación a algún tribunal y ese día, bueno ese día que saque pasaje y regrese a Cuba (que desgraciadamente se ha convertido en refugio y un paraíso de ladrones) porque será el último de su vida como la conoce, le cobraran la gracia completa y además los intereses, y además el pago de esos mimos abogados que lo están hundiendo. Eso es un delito de estafa, no tiene otro nombre, tu amigo ha robado a varios bancos, así de sencillo. Los bancos no son buenos, ni nuestros amigos como quieren pintarse ellos mismos, el único objetivo de los mismos es ganar dinero con el nuestro y nuestro trabajo y todos los que tenemos acciones en algún que otro banco exigimos además nuestras ganancias y es por eso que hasta los directivos bancarios siempre están en el borde de la piragua por lo tanto no permitirán esto jamás. Pretender engañar a una de estas instituciones es infantil, es como tirarle piedras a un tanque de guerra, ESTO ES GRAVE Y TRAE CONSECUENCIAS. En USA no le temas a la policía témele a los abogados.

    Lissette:
    No, así no se hace. Para más información lee el fórum. Aquí esto todo lo que debes saber y cómo hacerlo, no hay necesidad de tener contactos misteriosos ni de compartir información de viajes con nadie. Por tu propia seguridad te recomiendo que inviertas un poco de tiempo leyendo y no necesitaras mucho más a la hora de viajar ya que aquí hay muchísima información y anécdotas sobre casos iguales o muy parecidos al tuyo.

    Nicky:

    Si puedes. Si estas sopesando opciones te recomiendo leerte el fórum, aquí hay muchísima información que necesitas para tomar la mejor decisión, incluyendo las diferencias entre frontera y aeropuertos.

  • el cangry mayo 13, 2013

    para LUIS P,,,,,,,tienes toda la razòn,,,,yo apenas tenia una duda que no se habia reflejado aqui y despues de leerme el foro entero no me quedò otra que preguntar en concreto mi duda,,,,ya la tengo aclarada,lo cual agradecì,,,,,,leo muchas respuestas de Dante,Pepin,tuyas,,,,pero es injusto que pienses que todo aquella persona que se brinda a dar una ayuda sea un estafador o un aprovechado de no se què,,,,,,como veràs yo le brindè mi correo,,,NO le pedi el suyo,,,,asi que queda a desicion de cada cual,,,,,ni siquiera vivo en USA,,,vivo en ESPAÑA,por eso le puse mi correo,,,,,,,,recuerde que UD tambien tenia dudas y estoy seguro que si por ejemplo Dante le brindaba su correo,le aceptarìa y le escrbirìa sin pensar que es un «aprovechado»,,,,ya desconfiabamos bastante del vecino en cuba o de la presidenta del CDR como para seguir aqui afuera con ese temor,,,,,,creo yo,,,,,,aun asi,,,sigo dandote la razòn,,,,,en el foro està la respuesta a todas las preguntas

  • RODOLFO mayo 12, 2013

    Leer mis comentarios anteriores respecto a este tema.

  • RODOLFO mayo 12, 2013

    Cont… El unico inconveniente de aquel cubano que decidio quedarse es que tiene que esperar hasta el ano y un dia para aplicar para la residencia. La otra alternativa, seria la de solictar asilo en el puerto de entrada, bien sea en la frontera o en el aeropuerto que tambien es un puerto de entrada. En este caso, le pueden otorgar el parole (Cuban Parole) como cubano con el cual eres elegible para el permiso de trabaas y las ayudas del gobierno como sellos de alimentos y ayudas medicas y al ano y un dia, solicitas la residencia.Lo otro que puede suceder es que te dejen entrar pero te pongan en el parole la nacionalidad espanola y no la cubana por tener la ciudadania espanola. Con esto tambien eres elegible para la residencia despues del ano y un dia, pero puede que no te otorguen permiso de trabajo o te lo otorguen por unos meses nada mas. La decision en cuanto al que hacer es de cada cual. Lo cierto es que una vez adentro eres elegible para la Ley de Ajuste al ano y un dia.El conyuge del ciudadano cubano es elegible igualmente para la ley de ajuste cubano despues del ano y un dia de haber sido admitido e inspeccionado.

  • RODOLFO mayo 12, 2013

    Como es sabido por la mayoria, bajo la Ley de Ajuste cubano, todo cubano que haya sido ADMITID caso, cuando entran O E INSOECCIONADO y haya acumulado un ano un un dia de presencia fisica en USA, puede solicitar la residencia bajo esta ley. En el caso de los cubano que viven en otros paises y hayan adquirido la ciudadania de ellos, igualmente puede acogerse a esta Ley si cumple con los requisitos anteriores de ser admitidos e inspeccionados. Ej, Los cubanos que viven en Espana o en Cuba, y entren como visitantes con visa B2 Y decidan quedarse. Continua…

  • Nicky mayo 12, 2013

    Para Dante;
    Soy cubana residente en México(no ciudadana mexicana) con visa de turista a USA, puedo pedir asilo en el aeropuerto de fort lauderdale? Clasificaría para las ayudas? O solo me las darian si entro por la frontera? no es q sea imprescindible, estoy sopesando mis opciones.
    Gracias y atentos saludos.

  • Luis P mayo 12, 2013

    Mucho se a aconsejado en este foro, NO contactar con nadie si no conoces, ya que no se sabe quien es quien, y es peligroso cuando se va a dar un paso como este. Hay muchos aprovechados que pueden abusar de cualquiera o estafar. Es recomendable hacer las cosas con discreción y no contactar con extraños. Es solo un consejo que también, DANTE ha escrito en esta Web.

  • el cangry mayo 12, 2013

    LISSETTE ,,,,,aqui te dejo mi correo,,,,,,,,,,,,,sanleopoldoenllamas@yahoo.com………..,vivo en españa y he visitado USA varias veces y creo estar empadado bien del tema,,,,aunke aqui aconsejan leer bastante,,,creo que tus dudas estàs bastante reflejadas aqui,,,aun asi,,si te queda alguna,,,dame un toke,,,,con gusto te aclararè….mi familia y yo tambien pensamos viajar.

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