Ley de Ajuste Cubano

El 2 de noviembre de 1966 el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley Pública 89-732, «The Cuban Adjustment Act», conocida comúnmente en español como la Ley de Ajuste Cubano, que permitía al Fiscal General, «a su discreción y conforme a las regulaciones que él pudiera prescribir», ajustar el estatus inmigratorio que tenían los refugiados cubanos que se encontraban en los Estados Unidos.

El 28 de septiembre de 1965, ante un incremento de las salidas ilegales, el gobierno cubano abre el puerto de Camarioca, para facilitar que los cubanos residentes en los EE.UU. vinieran a buscar a familiares y amigos. Ante esta unilateral medida del gobierno cubano, el gobierno norteamericano comienza a negociar un acuerdo inmigratorio con Cuba, que se culmina, el 6 de noviembre de 1965, con la firma del documento conocido como el «Acuerdo entre Cuba y Estados Unidos de noviembre de 1965, respecto al traslado de cubanos que deseen vivir en Estados Unidos.».


La situación de limbo que padecían muchos de los cubanos que habían llegado a los EE.UU. antes de 1966 y el no tener una solución para el ajuste legal de los que comenzaron a venir en los vuelos de Varadero, obligo en la práctica al Congreso norteamericano a implementar y aprobar la Ley de Ajuste Cubano en noviembre de 1966. Permitiéndose así, que tanto los cubanos que se encontraban en los Estados Unidos, como también los que llegarían por el «Puente Aéreo» pudieran solicitar la residencia permanente de acuerdo con los requisitos establecidos por esa Ley.

Según esta ley, toda persona nacida en Cuba, su cónyuge o hijos menores de 21 años, son elegibles para obtener la residencia permanente en Estados Unidos después de permanecer físicamente en el país por un año. Para atenerse a esta ley, una persona tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Probar que es nacional o ciudadana de Cuba.
  2. Haber entrado legalmente a Estados Unidos.
  3. Haber estado físicamente en Estados Unidos durante un año.
  4. No tener impedimentos por cargos criminales u otras razones que rindan a la persona inadmisible a Estados Unidos, como haber participado en persecuciones de individuos por motivos de sexo, nacionalidad, ideales políticos, o por pertenecer a grupos específicos, etc.).

Diferencia entre la ley de ajuste cubano y asilo político

Ley de Ajuste Cubano para conyugue

El conyugue de un nacional cubano que se encuentre en Estados Unidos puede ajustar su estatus a través de la Ley de Ajuste Cubano si cumple todos los requisitos anteriores y puede demostrar con documentos legales y hechos que es un matrimonio real. Los requerimientos principales son:

  1. La relación continúa existiendo hasta que el cónyuge o hijo recibe una tarjeta verde.
  2. Debe estar viviendo con la persona que solicita una tarjeta verde bajo la Ley de Ajuste Cubano en los Estados Unidos.
  3. Deben ser elegibles para obtener una visa de inmigrante.
  4. Deben aplicar junto a su conyugue a la Ley de Ajuste Cubano.

Los hijos menores de 21 años son incluidos en los mismos requisitos de los conyugues para obtener la residencia permanente basado en la ley que protege a los cubanos en Estados Unidos.


17.500 Comentarios

  • Papo Luyano agosto 5, 2013

    Para Indecisa, en el momento que yo solicite mi visa no pedían pasaje valido y me parece extraño que ahora lo estén haciendo,de todas formas yo te sugiero que busques la pagina del consulado que te corresponde y averigües bien, yo solo presente reserva de vuelo de ida y regreso, también reserva de hotel, todo esto lo solicite en una agencia de viajes y solo me cobraron 15€ por la gestión. Aplique por solvencia económica llevando mis 6 ultimas nominas, documento del banco con mi saldo medio de los últimos 6 meses y extracto de movimientos de los últimos 3 meses, ahora no recuerdo bien si algo mas, de todas formas insisto en que te documentes en la pagina del consulado, mi gestión fue hace como 5 meses y tu sabes que estas cosas hoy son de una manera y mañana de otra. Te deseo mucha suerte en tu gestión.

  • INDECISA agosto 5, 2013

    Para Papo Luyano:
    Hola,quería preguntarte si fue muy complicado que te diran visado para México,y si me pudieras decir lo del pasaje válido y vigente que es,pq no puedo creer q te manden a comprar un pasaje y que luego puedan negarte el visado,si me pudieras ayudar te lo agradecería,pq estoy en un trámite muy parecido al tuyo,un saludo.

  • Lola agosto 5, 2013

    Hola a todos llevo muchísimo  tiempo  leyendo este blog y m parece muy bien , nunca m atreví a escribir  a quien m pueda ayudar tengo una duda muy grande mi caso es el siguiente soy cubana con nacionalidad española y e viajado recientemente a miami pero como turista mi esposo es español tengo planificado el viaje para muy pronto pero mi marido esta a espera  de un juicio en España y si el va para allá y no se presenta el día de su juicio puede tener consecuencias malas en España mi pregunta es q si yo pidiera el asilo político para al año ajustar para la ley de ajuste el sería elegible ?sus problemas aquí en España le podrían repercutir para al año coger residencia por mi gracias de antemano a todo el q m conteste necesito respuesta es algo q m quita el sueño … El piensa viajar conmigo y quedarse el año allí conmigo y nuestra hija … 

  • Marina agosto 5, 2013

    Victoria con residencia permanente hay que pedir visa para Canadá y los requisitos son los mismos que para pedirla a USA, para México no es necesario con la permanente, con la comunitaria si.

  • Victoria agosto 5, 2013

    Hola . Gracias a ustedes por su ayuda desinteresada a muchos de nosotros los cubanos que de una forma u otra queremos hacer nuestro sueño realidad de llegar al pais de las oportunidades. Tengo una pregunta para la persona que decee responderme. Ok . Tengo una amiga que vive en España tiene recidencia permanente y quiere venir a Canada (Ya sabran para que) dar el saltito a E.U.A. Pero ella no sabe si tiene que pedir visa a Canada o no? Por favor contesten urgente. Saludos y un fuerte abrazo.

  • Sergio agosto 4, 2013

    Hola

    :
    Tengo a mis padres aqui de visita y ya van a cumplir un año, que tramites debo hacer para aplicar a la ley de ajuste cubano?

  • Papo Luyano agosto 4, 2013

    Hola a todos
    Para Dante o alguien que me pueda ayudar: Soy cubano y vivo en España, tengo residencia comunitaria y tengo visa para viajar a México, quiero hacerlo en este mes (agosto) mi esposa es cubana con nacionalidad española pero por problemas personales no puede viajar por el momento, ella tiene planes de volar directo Madrid-Miami y pedir asilo en el aeropuerto, mi duda es que si yo entro a USA por la frontera unos días o un mes antes que ella, esto la pueda perjudicar a la hora de solicitar el ESTA o de alguna otra forma como por ejemplo que no le den el asilo por posible emigrante, ¿que es mas recomendable, que yo espere a que ella este en Miami o dar el salto yo primero pasando la frontera por México???
    Espero encarecidamente alguna ayuda, si alguien lo considera necesario también me pueden contestar a mi e-mail: papo70@hotmail.es 
    Saludos de un compatriota mas

  • Leonor agosto 4, 2013

    Hola señor Dante, me dirijo a usted para plantearle el siguiente asunto: Mi madre era ciudadana americana y desde hace 3 años había reclamado a mis hermanos. Cuatro de ellos ya están en Miami residiendo de forma legal y trabajando, pero el menor de mis hermanos aun está en Cuba. Acudió a la entrevista el 1 de agosto de 2013 en la embajada de EEUU en La Habana, pero lo denegaron, ya  que mi madre falleció el 12 de noviembre de 2013, pero es que no entiendo, su proceso de reclamación mi madre lo había comenzado el 22 de junio de 2011, o sea, mucho antes de fallecer. Mi hermano venía para residir en mi casa que es propia, ya que vivo en EEUU desde hace 17 años. En Cuba ya no nos queda nadie y temo que él, llevado por la desesperación con la que se vive alli en Cuba se busque un problema. Ya tenía trabajo conseguido para cuando llegara a EEUU. Quiero que usted me explique que otra posibilidad hay de que mi hermano pueda entrar a los EEUU de forma legal. Reciba mis mas sinceros saludos y que Dios los bendiga a todos. Espero su respuesta

  • Sergio agosto 4, 2013

    Para Smith,

    Es exactamente como me dices, en las cortes la mayoría de los Jueces te extienden intencionalmente las citas, por ejemplo, si tienes una el día primero de Agosto, se ponen otra a los seis meses posteriors, lo hacen para hacer tiempo y que tú ajustes estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano, muchos jueces a discreción deciden cerrar la cita de la corte al año que hayas mandado los papeles y otros no lo hacen hasta que tú no tengas la residencia, el hecho de tener el caso de la Corte abierto no es impedimento a que no puedas aplicar a la resindencia, a mí me dieron la resindencia sin tener mi corte cerrada, ya cuando fue a la cita de la corte, el Juez me cancel el caso ante la corte de migración.

    Es importante y vale repetir por su significado, que a las cortes de migración no se pueden faltar, no me consta, pero he escuchado de conocidos y amigos que en Miami no tienden a citar a corte de migración.

    En dichas cortes, lo que te preguntan es lo rutinario, cuándo entraste a EEUU?, por dónde entraste? Dónde vives…? preguntas que tú puedes responder sin problema alguno, el cubano no require llevar abogado, al no ser que esté metido en problemas legales o haya faltado a una corte y necesita que un professional lo defienda, de lo contrario, la propia Ley nos protege, en teoría en esas cortes se define si te dan el Asilo o no, pero lo que pasa con nosotros es que al año ajustamos estatus y entonces nos dan la resindencia y de nada sirve el asilo del Juez si ya tienes tu estatus legal, me comprendes….??? Muy importante que tu amigo, esté hablando al menos una vez a la semana al número que te di y cheque si le han citado…

    Suerte….!!!!

  • Carlos agosto 4, 2013

    Para Gustavo Santos:

    Hermano, yo estoy casi en la misma situacion que tu, pues mande mis papeles para la residencia en pasado junio y te cuento.

    En USCIS, recibieron los papeles el 27 de junio y el 30 me estaban mandando el email que habian aceptado el caso. En julio 14, recibi una citacion por correo ordinario para la cita biometrica, la cual fue el 31 de julio. Ahora a esperar. Conste que estamos aplicando mi esposa y mi hija no cubana y yo, que soy cubano. Ellas entraron al pais 5 meses despues de mi y por cosas que decidimos, esperamos a que ellas tuvieran el ano y el dia para aplicar juntos. Saludos…..

  • Smith agosto 4, 2013

    Gracias Sergio ya se lo dire, si me pudieras decir que te preguntan en esa corte , es sólo una audiencia para ver como va tu caso o es la presentación ante el juez para ver si te dan el asilo político? Disculpa que te pregunte tanto amigo pero como dicen que en la corte a casi  nadie le conceden el asilo , o es sólo  para hacer tiempo a que llegue el año ? Me entiendes que te citan te dicen blablbala venga a la próxima en tal fecha y así hasta que llegue el año?, una vez más muchas gracias es que no tenía ni idea , yo me quede al año 
    Saludos 

  • Kubano agosto 4, 2013

    Hola amigos. Recomendaciones alquiler habitaciones, en Miami y New York, para Septiembre

  • Sergio agosto 3, 2013

    Para Smith,

    Yo si tuve que ir a corte y todos los cubanos que yo conozco, lo que debe hacer tu amigo es lo que yo le recomendé.

    Para Gustavo de Santo,

    Mantenme al pendiente, no te desesperes, debe llegarte a más tardar este Lunes tu mensajito, mantennos informado…!!!

  • Sergio agosto 3, 2013

    Para Alexis,

    Tu esposa e hijos pudieran aplicar junto contigo solo si tanto ellos como tú al momento de aplicar a la residencia llevan en EEUU al menos un año, pero por lo que explicas no va a poder ser, tú tendrás que aplicar primero que es lo más lógico, sensato y recomendable para que adelante tu ajuste de Estatus cuando te llegue el año. La Ley de Ajuste Cubano no penaliza a las personas que ajustan bajo esta ley por haber estado fuera de estatus en los EEUU, esto lo puede leer en las instrucciones del formulario I-485, en la segunda página de dichas instrucciones, misma información que puedes obtener en la página de migración.

    Espero haber podido responderte… Suerte…!!!!

  • INDECISA agosto 3, 2013

    Para Ale:
    Te agradecería si pudieras ser más específico con lo de entrada de cubanos a México,porque no entiendo siendo español por qué no vas directo a los estados unidos y no pierdes así tu dinero,la verdad me has llenado la cabeza de dudas,pq era mi idea,pasar por ahí y ahora dices q siendo nacionalizado español te han virado dos veces,es alucinante,por favor,dame más detalles,si puedes claro y te estaré muy agradecida,cómo y con quién fuiste,pq tal vez si viajas solo es más sospechoso,no se,si puedes vale,un saludo.

  • AM agosto 3, 2013

    Hola Alexis:

    Si te fijas arriba, en este mismo artículo explica que el cónyuge e hijos deben cumplir las mismas condiciones, es decir, haber permanecido en el país un año y un día para poder aplicar.
    No tengo experiencia personal, pero por lo mucho que he leído en este foro, si ellos llegan 3 meses después que tu entonces tendrías que esperar a que ellos tengan el tiempo requerido para aplicar a la residencia.
    Otra cosa de la que se ha hablado mucho es de si los cónyuges e hijos deben venir después o no. Los más conocedores del tema recomiendan que la familia entre antes. Resulta que si entras tú primero y pides asilo político tendrás que declarar el nombre de esposa e hijos y hay grandes posibilidades de que les cancelen el ESTA (permiso que sustituye la visa en el caso de los españoles y varios países más) y por lo tanto ellos no puedan entrar.
    Creo que he leído de algún caso en que no hubo problemas, pero te aconsejo  que no corras ese riesgo. 
    IMPORTANTE: Tómate tu tiempo para leer estas páginas, vas a aprender mucho del tema.

  • Gustavo Santos agosto 3, 2013

    Ok Sergio.

    Gracias nuevamente hermano.

  • alexis para sergio o gustabo o nquien le pueda interesar mi pregunta agosto 3, 2013

    mi pregunta es . hablamos siempre con respecto a conyugues e hijos aplicar jusnto al ano y un dia la residencia despues de estar aki en el pais sin salir, pero mi gran duda es , por logica yo se que debo de estar aki ese tiempo para aplicar la solicitud de residencia ,pero si mis hijos entran a eeuu como visita junto con su madre k es my esposa por ejemplo 5 meses despues de yo haber estado aki porque son ciudadanos espanoles y no necesitan visado, ellos tienen k estar aki tambien un ano y un dia para aplicar junto o no importa el tiempo k ellos entren a eeuu, y mi otra dudar por favor si ellos despues de estar aki k son 3 meses al no ser k pidan una extension de visado no influye para nada haberse quedado aki ilegalmente para aplicar justos la residencia, muchisimas gracias a todos los de este forum y en verdad agradecido estare de cualquiera contentacion y alluda k me puedan dar con claridad, experiencias vividas o comentarios ,graciassssssssssssssss y disculpen por my inesperiencia ya que llebo aqui 1 mes y medio en este paissssssss

  • smith agosto 3, 2013

    Sergio ;

    muchas gracias eso fue mas o menos lo que le dije , pero por ejemplo tu tuviste que ir a la corte alguna vez? o alguien a tenido que ir ? es lo que quisiera saber , de nuevo muchas gracias yo nunca tuve que ir ,
    saludos

  • Sergio agosto 2, 2013

    Para Gustava de Santos,

    El e-mail lo Mandan aproximadamente el cuarto o quinto dia laborable una vez que lo hayas recibido, es muy probable en lo que quede de día de hoy lo recibas o a más tardar el Lunes, saludos y suerte, mantenme al pendiente…!!!!

  • Sergio agosto 2, 2013

    Para Smith,
    Tu amigo tiene que llamar al numero 1-800-898-7180 y con su numero de extranjero (Alien Number) checar si tiene corte de migracion, no obstante se la Mandan por escrito por correo postal, pero como es una cosa sumamente importante es mejor checarla por teléfono porque a esas citas no se pueden faltar, sino se te enreda el caso. He escuchado que en Miami, no acostumbran a dar citas, pero en los demás lugares de EEUU si la dan.

    Suerte a tu amigo…!!!

  • ale agosto 2, 2013

    Hola a todos los cubanos les quiero decir que el que pensaba ir a estados unidos por México que no lo intente ya que los cubanos estamos mal visto por las autoridades mexicana, yo e intentado acceder a mexico ya 2 veces la primera por el DF y la segunda por cancun y me han devuelto para España y eso que poseo la nacionalidad española y cubana, ellos te retienen y al cabo de las horas te disen que te de por tan porqué no cumples los requisitos y ellos se reservan el derecho de dejar ehtrar a mexico a quien quieren, y eso siempre que he viajado a sido con hotel y dinero suficiente , , asi que paisanos no les recomiendo que gasten dinero por México, maltratan y humillan a los cubanos, no se arriesguen

  • Gustavo Santos agosto 2, 2013

    Para Sergio:

    Me gustaría saber mas o menos en que tiempo Uscis manda el primer E-mail  en vista de que envié el form G-1145, notificando que aceptaron el caso. El paquete les llego el 30 de Julio osea el martes. 

    Gracias

  • smith agosto 2, 2013

    hola a todos , eh escrito muy contadas veces en el foro , y me lo he leído bastante , el problema es que tengo un compañero residiendo en usa que me pregunta que pasa con la corte de inmigración y la citación , como yo no pase por eso no le puedo responder , me imagino que ninguno de aquí lo hallan citado en la corte de inmigración antes del año y un dia ya que de ser asi supongo que los hubieran deportado ,quizás es que a los cubanos nunca los citan puesto que saben lo que hay , si pudieran aclararme esto de alguien que si haya ido a la cita o de alguien que halla ido , muchas gracias

  • Martin Valiente agosto 2, 2013

    Hola Rey, di únicamente lo que te pregunten siempre con la verdad, no importa el tiempo trascurrido que saliste de Cuba, por ejemplo yo tenia 34 años que había salido de Cuba, inclusive con otra Nacionalidad, pero no incurras en el error de mentir, tengo un tío que entro en el 94 y negó que había pertenecido al Ejercito y al Partido y con el tiempo se descubrió y ahora esta a punto de ser deportado, suerte y la verdad.

  • AM agosto 2, 2013

    Hola Rey:

    No tendrás problema si dices la verdad. Todo lo contrario sucederá si no lo dices. Por tu pasaporte sabrán que cuando saliste de Cuba.
    Además, no tiene sentido mentir. Mucha gente ha llegado y entrado, llevando hasta 15 años en otro país y tienen doble ciudadanía. 
    La cuestión es llegar a la frontera, si lo consigues eso estás «salvado».

  • Carola agosto 2, 2013

    Hola , a todos por favor yo quisiera saber algo , yo me encuentro en los EEUU como turista pero quisiera viajar a una frontera para pedir asilo político , que frontera me recomendarían , y por favor si me pudieran decir los bus q te llevan hasta allí ya sea frontera de México o de Canadá nesecito ayuda urgente por favor 

  • Rey agosto 1, 2013

    hola a todos me gustaría saber acerca de esta situación pretendo viajar a estados unidos y entrar por la frontera de mexico pero yo sali de cuba hace un año y 7 meses pues salí con visa de turista de cuba y hasta ahora estoy aca  así sin documentos y pretendo entrar por la frontera cuando este con los oficiales de migración en estados unidos debo de decir la verdad porque dicen eso, pero sera conveniente o me traira algún problema decir que e salido de cuba hace un año y 7 meses o debo de decir q acabo de llegar de cuba, por favor con eso según sus experiencias , atte rey  

  • INDECISA agosto 1, 2013

    Para Sergio:
    Muchas gracias por la contestación,a ver que si tengo suerte y me le dan la visa al niño o si no,lo último será que mi hermana me ponga una carta de invitación al niño,ufff  que lío,en fin,a seguir esperando,un saludo.

  • Victorino agosto 1, 2013

    Hola Dante soy un refugiado politico junto a mi fmlia en Colombia,tenemos residencia temporal y pasaporte colombiano,necesitamos reasentarnos en EE.UU.Que podemoß hacer para llegar sin correr peligro?Te agradeceria toda ayuda.Un abrazo.

  • Sergio agosto 1, 2013

    Para Indecisa, No requerirá Visa para México los entranjeros que presente los siguientes documentos: Residencia Permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquiera de los países que conformen el espacio Schengen

    esta información la puedes ver tu misma en la página de migración de México. triple w.inm.gob.mx y en la sección a tu izquierda donde dice que al final los países que no requieren Visa a México, puedes encontrar esa información.

    Por lo que explicas tú no requieres Visa, pero tu hijo sí, ya que no tiene la residencia permanente, el día que vayas a México es bueno que tu hermana esté esprándote en el aeropuerto, para cualquier cosa que ella pueda hacer si te estás reteniendo los de migración, ellos en un alto porcentaje cuestionan muchísimo a los cubanos, en muchas ocasiones le regresan a su país de procedencia.

    A ver si este comentario sale publicado, porque es el tecero que hago y no lo publican….!!!

    Suerte…!!!

  • Sergio agosto 1, 2013

    Para Indecisa, No requerirá Visa para México los entranjeros que presente los siguientes documentos: Residencia Permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquiera de los países que conformen el espacio Schengen esta información la puedes ver tu misma en la página de migración de México. inm.gob.mx/index.php/page/Paises_Visa

    Por lo que explicas tú no requieres Visa, pero tu hijo sí, ya que no tiene la residencia permanente, el día que vayas a México es bueno que tu hermana esté esprándote en el aeropuerto, para cualquier cosa que ella pueda hacer si te estás reteniendo los de migración, ellos en un alto porcentaje cuestionan muchísimo a los cubanos, en muchas ocasiones le regresan a su país de procedencia.

    Suerte…!!!

  • INDECISA agosto 1, 2013

    Para Marina:
    Hola,si yo tengo la residencia permanente,porque llevo 6 años aquí en España,mi duda es con mi hijo,que tiene la segunda renovación de la residencia comunitaria y quería saber si él podía ir conmigo a México son visado,era mi pregunta,un saludo.

  • hilaria espinal agosto 1, 2013

    Hola un saludo grande a todos los del blog , quiero preguntarles , como se aplica al año de permanecer en territorio de EEUU siendo cubano y despues de entrar con una visa de turismo estoy casada legalmente antes de entrar al pais con un ciudadano de de r dominicana .un abrazo y gracias por responderme .

  • Marina agosto 1, 2013

    Indecisa con la permanente no hace falta pedir visa, pero con la comunitaria si, y con la temporal por supuesto. Asegúrate de que es la permanente la que tienes y no la de familiar de comunitario, que no es lo mismo aunque mucha gente lo confunde.

  • Marina agosto 1, 2013

    Fabiano, tu esposa tendrá que pedir visa a Mexico, porque cuando ella tenga la residencia, será la comunitaria,si tuviera la permanente ( esa es a los 5 anos de vivir en España) entonces no la necesitaría.

  • Fabiano agosto 1, 2013

    Hola a todos
    Quisiera hacer una pregunta: Yo soy cubano y tengo la nacionalidad española. Estoy viviendo con mi esposa en España desde hace 6 meses, ella no tiene la nacionalidad española como yo, ni siquiera tiene la residencia. Nuestro objetivo es irnos para Miami, ya que la situación aquí está muy mala y parece que va para largo lo de la crisis. Mi pregunta es la siguiente: Al tener mi esposa la tarjeta de residencia de España podrá viajar a Mexico conmigo ?
    Muchas gracias
    Saludos

  • INDECISA julio 31, 2013

    Para Sergio:
    Hola,me dirijo a ti directamente porque veo que estas respondiendo a casi todo el mundo.Mi pregunta es,yo vivo en España y  tengo residencia permanente, mi niño tiene la segunda renovación,o sea no la permanente,yo podría volar a México con mi niño o obligatoriamente tengo que pedir un visado,yo tengo motivos para ir,porque mi hermana mayor vive allá y es médico,casada,vamos que está muy comprobable mi visita,porque aún no conozco a mi sobrino y puedo alegar que estaba esperando tener la residencia permanente para poder ir,yo estoy casada con un español y bueno mi vida en general aquí,me refiero al arraigo.Solo quiero saber, si puedo en estas circunstancias entrar a México??? Qué me aconsejas??? Te lo agradezco de antemano y leo muchísimo el Foro,pero como esto no he visto nada,un saludo. 

  • Sergio julio 31, 2013

    Para Gustavo de Santos,

    Me allegro hayas mandado el paquete, cualquier duda que tengas pregunta por acá, o me puedes dar tu correo, como te sientas tú major, saludos y por favor mantén a los amigos por aquí informados…. Si hiciste las cosas como te aconsejé, tendrás mínimos problemas o ninguno, saludos y suerte…!!!!!!!!

  • Victorino julio 31, 2013

    Estmdo Dante expuse mi situacion puefes darme una rpta al resjecto,te lo agradecerira mucho hmno.

  • Gustavo Santos julio 31, 2013

    Para Sergio:

    Saludos hermano, ya mande mi paquete segun las instrucciones que diste. Gracias por la info del formulario G-1145 no sabia de este form. 

    Te mantendre informado del proceso esperando que sea de utilidad para los demas.

    saludos

  • Sergio julio 30, 2013

    Para Johana,

    Felicidades por estar ya en los EEUU, en cuanto a la ayudas que pides, pienso que tú misma te la estás negando, esto te lo digo con todo respeto, aquí en este foro hay información de eso «pa parar un tren» diciéndolo en buen cubano, así que a leer….!!!!!!!!

    Suerte…

  • Sergio julio 30, 2013

    Para Roger,

    Pienso que con todo respeto estás preguntando sin ni siquiera haber leído los 30 comentarios anteriores a este, este servidor y muchos más ya han hablando sobre el tema, pero como tengo tiempo en este momento para escribir te voy a resumir. Bajo ningún motive mientas de que no estás casado, es de niños tontos hacer eso y perdóname la expression, las personas que no conocen las leyes de los EEUU piensan que esto es Cuba u otro país, que le meten el dedo en la boca al otro para hacerlo tonto.

    Te añado que cuando tú entres tendrás que solicitor tu permiso de trabajo, en el mismo te piden obligariamente tu estado matrimonial, luego cuando apliques a la residencia, también llenarás el formulario I-485 para ajustar estatus donde tendrás que poner con nombre y apellidos el nombre de tu cónyugue, si primero dices que no y luego dices que sí pues ya se te descubrió la MENTIRA, que ésta a la larga o a la corta siempre sale a la luz. Además, tendrás que llenar el formulario G-325A que es sobre tu referencia bibliográfica, este es para cuando pidas la resindencia también y allí tienes que poner el nombre de tu esposa, como vez no es recommendable MENTIR, siempre decir la verdad.

    Lo que te puedo recomendar si te es possible es que tu esposa entre primero a los EEUU como turista y tú luego entres como cubano solicitando el Asilo. Al decir el nombre de tu esposa va a quedar registrado en tu expediente. Si ella cumple los requisitos para una Visa de Turismo no creo que tenga problemas aunque tú estés aquí, pero cada caso es diferente al otro y las personas no pensamos de la misma manera.

    Espero haberte ayudado, leete el foro, aquí hay una cantidad de información que es invaluable.

    Suerte a ambos….!!!!!!!!!!

  • Marina julio 30, 2013

    No se que paso con un post que puse ayer para Taimy que no se publico, dije alguna inconveniencia, me gustaría saber que paso para que no vuelva a suceder, el otro día también me paso con otro post y supuse que fuera por poner el link de la gaceta oficial y dos link de yotube con la ministra de justicia de cuba para respaldar lo dicho referente a la nueva ley migratoria de Cuba, supuse que fuera eso, pero ahora no hay link ninguno. Por favor Alex puedo saber que fue? Gracias

  • Johanna julio 30, 2013

    Ya llegue a Miami me dieron parole cubana y a mis hijas le dieron parole francesa yo quiero que alguien me diga donde tengo que hacer los trasmita necesito ayuda por favor .

  • Emilio julio 30, 2013

    edgar muchas gracias paisano, aprecio mucho tu consejo, gracias por compartir tu experiencia!!!

  • Roger julio 30, 2013

    Hola.
     Por favor alguien que me responda mi pregunta lo más rápido posible ya salgo casi para los E.U solo en unos días. Mi situación es que cuando me entregue a las autoridades migratorias de E.U y me entrevistes que tengo que decir para que no afecte a mi esposa, es mexicana y no quiero que le afecte a ella mi declaración ella va a sacar visa para poder ir a visitarme ya cuándo este esperando la residencia y después hacer los trámites para que ella ya venga como residente. Ayuda por favor que digo “Que no estoy casado” o hablo sin temor de mi esposa y lo que tengo pensado hacer. Ya cuando yo sea residente.
     Gracias

  • nena julio 29, 2013

    por favor dante o otro que me pueda ayudar en decirme que debo hacer,entre a estados unidos por el aeropuerto de las vegas con mi hija menor hice lo que me habian indicado y creo que corri con mala suerte,escondi el pasaporte español en una cartera que tenia la niña para despistar,y entre con el pasaporte cubano despues que me chequearon como cubana me llevaron a una oficina donde nos registraron a las dos y lo encontraron cuando sali de alli me entregaron los dos pasaportes y el cubano con un cuño y una targeta blanca que tenia el parol,cuando voy a las oficinas que atienden para las ayudas me dicen que me falta el numero de alien,me dirigi donde me dijeron a imigracion y alli me dijeron que a mi me habian procesado diferente a mi hermana que habia entrado por miami,entonces no tendre ni las ayudas correspondientes ni permiso de trabajo ni nada y estoy en este pais con una niña y sin nada,quiero saber de que forma pudiera tramitar ese famoso numero de alien si yo tengo el parol en el pasaporte cubano.gracias y espero que alguien me diga que debo hacer gracias.

  • alexis para sergio julio 29, 2013

    lo siento no es k me estoy asiendo el espanol soy cubano al 100 porciento asta la muerte, pero vivi en espana desde el 2002 asta el 2013 y se me fue esa frace es como algo complicado, como algo k te pone la cabeza mala entre lo k te dicen y lo k dicen abogados, forum y quien quieras poner eso es el segnificado te pido disculpa pk llebo aki en estados uu un mes

  • Sergio julio 29, 2013

    Para Luisito,

    Entiendo lo duro de la separación familiar, yo lo viví también, pero en la vida hay que hacer cierto sacrificios por uno mismo  y por los seres queridos y a mi juicio, este es uno de ellos. Lo que te puedo decir que no podrás pedir a tu familia hasta que tú no tengas la residencia, al día de hoy los residentes permanentes en los EEUU pueden pedir a sus cónyugues e hijos menores de 21 años de edad y solteros, este tiempo se demora en que la persona tenga una visa y pueda venir a EEUU unos tres años como promedio. Pero hace días vi una noticia en el programa de Univisión con la abogada Jésica Dominguez donde explicaba que a partir de Agosto de este año, los cónyugues e hijos de residentes permanentes en los EEUU una vez que sean solicitados por el familiar en los EEUU van a viajar a los EEUU en un tiempo muy corto, esto para evitar la separación familiar, cosa que veo muy favorable por parte del gobierno de Obama, actualmente solo los familiares de los Estados Unidense gozaban de ese privilegio, ya lo de los residentes se verán beneficiados de éstos. Lo que sí es un hecho que no puedes salir de EEUU y faltar a las cortes de migración, primero tienes que obtener tu residencia. Ahora bien, la otra variante y la más rápida es, si tu hija y esposa pudieran obtener una Visa como turista a los EEUU, ellas pueden venir acá y al año y un día aplican a su residencia ambas, esta es la mejor opción ya que con el Ajuste Cubano te eliminas de demostrarle a Migración el Affidavit of Support. Suerte…!!!!!!!!!!

    Para Alexis,

    Oiga amigo, veo que repetiste dos comentarios que habías puesto hace días, perdonda, pero no lo respondí, ni los puedo responder, porque estás escribiendo sin concordancia y sentido, no sé que me quieres decir, qué es eso de «MARRON» francamente solo te estás entendiendo tú mismo, jajaja estás como algunos profesores que tuve en la Universidad que solo ellos sabían lo que querían decir. Sorry…!!!

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