La ley actual ya prohíbe a los inmigrantes condenados por delitos «particularmente graves» de las protecciones de asilo, pero una nueva regulación de la administración Trump, cuya versión final se publicó en el Registro Federal el miércoles, ampliará los grupos de delitos que harían que alguien no sea elegible para asilo, incluidos ciertos delitos menores.
Según la regulación, tener documentos de identificación falsos, incluida una identificación falsa, hará que un inmigrante no sea elegible para el asilo en la mayoría de los casos. Recibir beneficios públicos ilegalmente también impedirá que se le otorgue asilo a alguien, al igual que una condena por posesión de drogas o posesión de parafernalia de drogas, con la única excepción de tener 30 gramos o menos de marihuana.
Un inmigrante con dos condenas por DUI, o una sola condena por DUI que resultó en el daño de otra persona, no será elegible para la protección de asilo.
La norma también prohíbe el asilo a inmigrantes condenados por violencia doméstica, acecho, abuso infantil y delitos similares, sin importar la gravedad.
También considera inelegible para asilo a cualquier inmigrante a quien un oficial de asilo «sepa o tenga motivos para creer» que participó en actos de agresión o crueldad extrema, independientemente de si el inmigrante fue arrestado por tal delito.
Los inmigrantes condenados por cualquier delito grave punible con más de un año de prisión no son elegibles para el asilo según la regla. Las regulaciones existentes consideran sólo los «delitos graves con agravantes» como obstáculos seguros para el asilo. La regla también destaca los delitos que se cree que están relacionados con pandillas.
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