La Aduana de Cuba siempre hace referencia a efectos personales cuando explica sus regulaciones o sus tarifas arancelarias, por eso es importante conocer que considera la Aduana de Cuba como efectos personales.
¿Que considera la Aduana de Cuba efectos personales? todos aquellos productos que por su naturaleza y cantidad puedan ser utilizados por el viajero durante el periodo de su estancia según publica en su página web.
Los artículos considerados efectos personales son:
- Joyas y prendas de uso personal
- Ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean en cantidades que hagan suponer su uso personal.
- Una cámara fotográfica o de video portátil y sus accesorios.
- Un Reproductor de multimedia digital portátil, junto a su respectivo juego de audífonos portátiles y sus accesorios.
- Un teléfono móvil (celular),
- Un aparato de televisión portátil,
- Una computadora personal portátil,
- Artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, conforme a la edad.
- Hasta una cantidad que no exceda, por persona adulta, de 400 unidades de cigarrillos; 500 gramos de tabaco de pipa; 50 unidades de puros y 2.500 centímetros cúbicos de bebidas alcohólicas.
- Medicamentos, en cantidades necesarias sólo para uso personal del viajero y conforme a la respectiva receta médica, así como un aparato para medir presión arterial o glucosa en sangre, así como otros portátiles similares para análisis médicos y sus reactivos.
- Libros y folletos, así como los diarios, impresos, revistas y composiciones musicales.
Si se viaja con menores de dos años:
- 2 Unidades de Juguetes
- 2 unidades de juegos o instrumentos eléctricos o electrónicos para su uso personal.
-
Tratándose de bebés, se incluyen además entre otros, los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, y sus accesorios, como son:
- Una silla,
- Una cuna portátil,
- Una carriola,
- Una andadera,
Si el que viaja al país es un turista extranjero además se le permite entrar como efectos personales:
- Un reproductor portátil de discos compactos (CD) y/o DVD’s o similares, junto a su respectivo juego de audífonos portátiles y sus accesorios.
- Prismáticos o binoculares de uso personal.
- Un receptor de televisión portátil, Un computador portátil de uso personal
- Una máquina de escribir portátil; Una tienda de campaña y el equipo para acampar;
- Artículos para deportes (un juego de avíos para la pesca, una bicicleta sin motor, una canoa o kayac de menos de 5,50 metros de largo, un par de esquíes, dos raquetas de tenis, y otros artículos similares).
- Un par de walkie-talkies
Todos aquellos artículos que no estén en las listas anteriores o estén en una cantidad desproporcionada no será considerado efectos personales por la Aduana de Cuba.
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