A partir del 2 de mayo comenzarรกn nuevas normativas jurรญdicas en relaciรณn con el cuentapropismo y las cooperativas no agropecuarias (CNA), en las actividades de gastronomรญa y servicios de comercio en Cuba.
El vรญdeo a continuaciรณn brinda una idea de las mismas:
https://youtu.be/8q2IBg7fyMw
Las medidas mรกs destacadas y de mรกs impacto, de las dadas a conocer ayer, son las siguientes:
- Las cooperativas no agropecuarias (CNA) y los trabajadores por cuenta propia en sistema de arrendamiento, podrรกn comprar los insumos directamente a las entidades productoras y empresas mayoristas. Ello quiere decir que disminuirรก la especulaciรณn de precios que afecta a la poblaciรณn, porque las relaciones costo-beneficio cambiarรกn.
- Los cuentapropistas podrรกn arrendar locales para su gestiรณn, pero solo en aquellos establecimientos donde no existan condiciones para el funcionamiento de una CNA.
- Los trabajadores por cuenta propia a quienes se les arrienden espacios estatales, si asumen la reparaciรณn de esos locales, serรกn exonerados del pago del arrendamiento hasta por dos aรฑos.
- Se establecen como programas priorizados las prรกcticas cuentapropistas que responden al ahorro energรฉtico, reparaciรณn de calzado ortopรฉdico, merienda escolar y sistema de atenciรณn a la familia.
- Acerca de los cambios en materia tributaria, se establecerรกn impuestos sobre ventas y servicios por la utilizaciรณn de la fuerza de trabajo, sobre utilidades, contribuciรณn a la seguridad social, y contribuciรณn territorial para el desarrollo local.
- Los productos tendrรกn precios mรกximos en pesos convertibles (CUC) y cubanos (CUP) en determinados artรญculos que comercialicen las CNA de servicios gastronรณmicos. De esa forma, los refrescos gaseados, la cerveza y el ron de producciรณn nacional, asรญ como los cigarros, los tabacos y productos elaborados como el pollo, tendrรกn topes de venta. No obstante, dichos precios no variarรกn para las entidades que al imponerse la resoluciรณn ya venden esos artรญculos a un precio superior. Es decir, aquellos lugares estatales que ya venden la cerveza a 1.50 CUC โaun cuando la resoluciรณn disponga que el precio mรกximo sea de 1 CUCโ seguirรกn manteniendo el mismo margen, pues la diferencia serรก recuperada por el MFP cuando aplique los tributos correspondientes.
- En relaciรณn con los insumos y materias primas, se establece que los comercios estatales aplicarรกn un 20 % de descuento para la venta mayorista de partes, piezas y accesorios a estas cooperativas, para el desarrollo de su actividad.
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