La demanda de la familia cubanoamericana Sánchez Hill contra Meliá ha sido archivada por los tribunales españoles, a petición de la cadena hotelera, informó CubaNet citando reporte de Europa Press.
Según la información de la agencia de prensa europea, el de Primera Instancia número 24 de Palma, denegó la demanda, bajo el argumento de la «falta de jurisdicción y de competencia internacional» de los tribunales españoles para abrir un caso contra el grupo hotelero.
Meliá «obtuvo del Estado Cubano una autorización para gestionar y explotar los terrenos situados en Playa Esmeralda, aprovechándose conscientemente» de la expropiación de terrenos confiscados por Fidel Castro, expone la demanda.
Pero los tribunales españoles desestimaron el caso, pues el sujeto demandado «está protegido por la inmunidad de jurisdicción, Cuba, en el marco de su soberanía».
La jueza consideró que los tribunales civiles de España no tienen jurisdicción para conocer de la demanda que ha dado lugar al presente pleito, basándose en lo dispuesto en el artículo 21 de la LOPJ.
No obstante, el fallo, puede ser sometido a apelación, por parte de la familia de origen cubano, de ser así sería resuelto por la Audiencia Provincial de Baleares.
El Juzgado de Primera Instancia número 24 de Palma alega que Castro «decidió nacionalizar todos los bienes y empresas de personas naturales o jurídicas de nacionalidad cubana o constituidas de acuerdo con la ley cubana mediante la aprobación de la Ley 890, publicada el día 15 de octubre de 1960».
La lectura del Estado español es diferente al espíritu de la Ley Helms-Burton, que busca resarcir a los damnificados de las confiscaciones, porque entiende que propiedades como las de Santa Lucía Company S.A. y Sánchez Hermanos fueron expropiadas sin indemnización por el régimen castrista.
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